3/03/2013

Decreto Supremo N° 011-2013-RE Ratifican el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno

Ratifican el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir' RELACIONES EXTERIORES DECRETO SUPREMO N° 011-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir' fue suscrito el 17 de diciembre de 2012, en la ciudad
Ratifican el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir'

RELACIONES EXTERIORES
DECRETO SUPREMO N° 011-2013-RE


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir' fue suscrito el 17 de diciembre de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el párrafo segundo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir', suscrito el 17 de diciembre de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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