3/16/2013

Decreto Supremo N° 053-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, para la adquisición de carpetas para instituciones educativas ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 053-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la T rigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, amplió la vigencia del capítulo
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, para la adquisición de carpetas para instituciones educativas

ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 053-2013-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la T rigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, amplió la vigencia del capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011, que dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, hasta el 31 de diciembre de 2013, a efecto de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores;
asimismo, se incluyó en el ámbito de aplicación del capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011, las adquisiciones a través de núcleos ejecutores de los siguientes bienes: Kits para Cuna Más, Kits de cocina popular, Kits de cocinas a gas, cocinas mejoradas, ropa hospitalaria, vestuario de salud, carpetas para instituciones educativas y sombreros escolares, sábanas, colchas y frazadas, siendo los Ministerios que correspondan y el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) los responsables de definir el contenido de los kits, la estimación de la demanda, la distribución y la recepción de dichos bienes, conforme a las disposiciones contenidas en el referido capítulo;

Que, la citada disposición señala que lo establecido, se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades respectivas, para lo cual autoriza a las referidas entidades a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, las que se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, a propuesta de este último;

Que, con Informe N° 009-2013-ME/VMGI-OINFE-UPLAN-MOBILIARIO la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, ha determinado las especificaciones técnicas correspondientes a la adquisición de mobiliario escolar: carpetas para instituciones educativas, así como la demanda estimada de mobiliario escolar por departamento, proponiendo para el Año Fiscal 2013 la adquisición de mobiliario escolar hasta por S/. 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en cumplimiento de lo dispuesto por la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

Que, mediante Memorando N° 1072-2013-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, señala que se cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, hasta por el monto de S/. 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a fin de efectuar la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y cumplir con lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

De conformidad con lo establecido en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor del Pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de S/ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al financiamiento de la adquisición de carpetas para instituciones educativas, a través de Núcleos Ejecutores, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
PROYECTO 2029316 : Sustitución y Ampliación de Infraestructura y Equipamiento de la Institución Educativa N° 86329
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 12 855,00
PROYECTO 2089922 : Adecuación y Mejoramiento de Infraestructura y Equipamiento en la Institución Educativa Clorinda Matto De Turner - Cusco-Cusco-Cusco-Cusco FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 354 121,00
PROYECTO 2131084 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa República Argentina ubicada en la Región Ancash,
Provincia de Santa y Distrito de Nuevo Chimbote FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 311 425,00
PROYECTO 2131106 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Agustín Gamarra ubicada en la Región Cusco,
Provincia de Anta y Distrito de Anta FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 144 526,00
PROYECTO 2131124 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Santa Isabel ubicada en la Región Junín, Provincia de Huancayo y Distrito de Huancayo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 12 159 854,00
PROYECTO 2131580 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Karl Weiss ubicada en la Región de Lambayeque,
Provincia de Chiclayo y Distrito de Chiclayo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 234 334,00
PROYECTO 2131610 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa María Auxiliadora ubicada en la Región de Puno, Provincia de Puno y Distrito de Puno FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 6 166 826,00
PROYECTO 2131614 : Rehabilitación y Remodelación de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen ubicada en la Región de Puno, Provincia de El Collao y Distrito de Ilave FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 5 616 059,00
TOTAL EGRESOS 40 000 000,00
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002362 : Promoción y Dinamización de Mercados MYPES
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL
2.5 Otros Gastos 40 000 000,00
TOTAL EGRESOS 40 000 000,00
Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

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