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Ordenanza N° 385-MDB Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de
3/22/2013
Ordenanza N° 385-MDB Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de
Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO ORDENANZA N° 385-MDB Barranco, 20 de febrero del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: 0El CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO en Sesión Extraordinaria de la Fecha: VISTOS: El Memorándum N° 40-2013-GAT-MDB, de fecha 14 de febrero del 2013, emitido por la Gerencia
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
ORDENANZA N° 385-MDB
Barranco, 20 de febrero del 2013
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
Por Cuanto: 0El CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO en Sesión Extraordinaria de la Fecha:
VISTOS: El Memorándum N° 40-2013-GAT-MDB, de fecha 14 de febrero del 2013, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 119-2013-GAJ-MDB, de fecha 14 de febrero del 2013, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el DICTAMEN N°002-2013-CEAP-MDB, de fecha 18 de febrero del 2013, emitido por la Comisión de Economía, Administración y Planeamiento, respecto al proyecto de Ordenanza que establece el Monto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;.
Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, modificado por Decreto Legislativo 953, así como en el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, mediante Decreto Supremo N° 156-2004/EF se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal en cuya Cuarta Disposición Final se señala que, las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de Enero de cada ejercicio, en cuyo caso sustituye la obligación de presentación de Declaraciones Juradas;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria señala que el Informe Técnico en el cual se plantea la Estructura de Costos para la elaboración del monto del Derecho de Emisión, posee como antecedente el Memorándum N° 53-2013-SGLyCP-GAyF-MDB de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial en el cual se informa sobre los costos de los servicios o insumos requeridos para la emisión mecanizada correspondiente, el Memorándum N° 006-2013-SGRyH-GAyF-MDB, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos en el cual informa sobre las remuneraciones del personal involucrado en la referida emisión, y el Memorándum N° 030-2013-SGC-GAyF-GAF, emitido por la Sub Gerencia de Contabilidad, en el cual obran los gastos que tienen incidencia en los costos fijos;
Estando a lo informado y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación de Acta, ha emitido la siguiente:
Ordenanza que establece el Monto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores,
Determinación y Distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013
Artículo Primero.- APROBAR el monto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores,
Determinación y Distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio 2013, el cual se establece en S/. 4.40 (Cuatro y 40/100 Nuevos Soles).
Artículo Segundo.- APROBAR la Estructura de Costos y la Estimación de Ingresos, así como el Informe Técnico, que determina el costo de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, así como de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique.
Artículo Cuarto.- DISPONGASE la publicación de la Ordenanza y sus Anexos en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Barranco.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JESSICA A. VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
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