3/21/2013

Ordenanza Regional N° 001-2013-GRA/CR Declaran de Prioridad la Lucha contra la Desnutrición Crónica Infantil

Declaran de Prioridad la Lucha contra la Desnutrición Crónica Infantil en menores de 5 años y la implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma en la Región Ayacucho GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO ORDENANZA REGIONAL N° 001-2013-GRA/CR Ayacucho, 18 de febrero de 2013 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de febrero de 2013; trató el tema relacionado al Dictamen
Declaran de Prioridad la Lucha contra la Desnutrición Crónica Infantil en menores de 5 años y la implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma en la Región Ayacucho

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
ORDENANZA REGIONAL N° 001-2013-GRA/CR


Ayacucho, 18 de febrero de 2013
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
DE AYACUCHO
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de febrero de 2013; trató el tema relacionado al Dictamen N° 001-2012-GRA-CR/CDHIS 'Declarar de Prioridad la Lucha contra la Desnutrición Crónica Infantil en menores de 05 años y la Implementación del Programa de Alimentación Escolar QALI WARMA en la Región Ayacucho'; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 058-2013-GRA/PRES-GG, el señor Gerente General remite ante el Consejo Regional el Pedido de Declarar Prioridad de Intervención contra la Desnutrición Crónica Infantil e implementación del Programa de alimentación Escolar Qali Warma, petición que acompaña el Informe Técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Opinión Presupuestal de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Opinión Legal de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, con el Dictamen N° 001-GRA/CR-CDHIS de la Comisión de Desarrollo Humano e Inclusión Social, con la sustentación ante el Pleno del Consejo Regional por el señor Gerente Regional de Desarrollo Social;

Que, mediante Informe Técnico N° 001-2013-GRA/GG-GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social señala que la reducción de la desnutrición crónica infantil y la pobreza extrema a través de la Estrategia Regional Crecer Wari, en la Región Ayacucho, es política regional intergubernamental de Desarrollo Integral para las familias más pobres, que garantiza los medios de protección social a la madre y el niño, los grupos poblacionales vulnerables principalmente, su inclusión a los sistemas de prestación de servicios básicos; asimismo la implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma, dirigido a estudiantes de educación inicial y primaria, que permitirá superar la malnutrición estudiantil y como consecuencia forjar ciudadanos con mejores capacidades para salir de la pobreza, y para superar ello y la desnutrición crónica infantil en la Región de Ayacucho, es necesario implementar acciones contundentes a través de las intervenciones efectivas priorizando las zonas de alta vulnerabilidad y pobreza, a través de la articulación vertical y horizontal de las instituciones del Estado, cooperantes, sector privado y organizaciones sociales de base. Por otro lado, para coadyuvar en la educación de niños tanto de educación inicial y primaria, es necesario garantizar el servicio alimentario durante todos los días del año escolar a los usuarios del programa Qali Warma, tomando en cuenta el mapa de pobreza elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática y las prioridades de intervención planteada por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
– MIDIS. En consecuencia, para lograr las metas de reducción de la desnutrición crónica y pobreza en el marco de la Estrategia Crecer Wari, es necesario que la instancia respectiva declare la prioridad de intervención contra la desnutrición Crónica Infantil e Implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma;
asimismo la disposición de financiamiento y fiexibilidad en la ejecución de los mismos para garantizar la provisión de los bienes y servicios, mejoramiento de infraestructura de cocina y almacenes oportunamente por tratarse de una prioridad social y sanitaria;

Que, la Opinión Legal N° 090-2013-GRA/GG-ORAJ-D, efectuó la evaluación y calificación legal del Proyecto de Ordenanza materia de dictamen, el cual contiene el parámetro legal en los actuados, que sustenta y/o justifica la materialización del proyecto sub materia, conforme a su competencia pronunciarse técnicamente referidos a temas que los convoca. Es de precisar, que la presente iniciativa concuerda con la Constitución Política del Estado, Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, que establece las disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que de acuerdo al modelo de gestión se constituyan para la provisión de bienes y Servicios del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma,
Opina por la procedencia de la solicitud de Declarar de prioridad de intervención contra la Desnutrición Crónica Infantil e implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, el Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, los literales a) y b) del numeral 1) del Artículo 10° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; y en concertación con las Municipalidades y la Sociedad Civil de su Región;

Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

El Consejo Regional Ayacucho, mediante la Ordenanza Regional N° 027-2008-GRA/CR, Declara de prioridad y necesidad pública la Construcción de la Línea Base de la Desnutrición Crónica y sus determinantes en los 111 distritos de la región Ayacucho. En cumplimiento a dicha Ordenanza se ha implementado la política regional para el logro del desarrollo humano, la Estrategia Regional de Lucha Contra la Pobreza, el Hambre, la exclusión social, y la Lucha contra la Desnutrición Infantil, que es la Estrategia CRECER WARI, lo cual fue conducido por los actores que conforman el Consejo Regional de Lucha Contra la Pobreza;

Que, estando enmarcado la propuesta de implementación de la Línea de Base en la Estrategia Regional CRECER WARI aprobado mediante Ordenanza Regional N° 032-2007-GRA/CR como Política de Estado para el fomento del Desarrollo Integral de las Familias y Comunidades en la Región Ayacucho garantizando los medios de protección social a la madre y el niño y, su inclusión a los sistemas de producción local;

Que, estando constituido el 'Consejo Regional de Lucha contra la Pobreza y la Desnutrición Infantil', aprobada por la Ordenanza Regional N° 33-2007-GRA/CR, y ampliada en cuanto a su conformación con la inclusión de los representantes de los sectores productivos dispuesto por Ordenanza Regional N° 026-2008-GRA/CR y Ordenanza Regional N° 019-2011-GRA/CR;

Que, en el marco del III Encuentro Nacional de Presidentes Regionales, llevada a cabo en la ciudad de Lima el día 4 de febrero del 2011, el Gobierno Regional de Ayacucho suscribió el Acta de Compromiso para reducir en 12% la prevalencia de la desnutrición crónica infantil en menores de 03 años de edad al año 2014 en la Región Ayacucho;

Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- DECLARAR, de Prioridad la Lucha contra la Desnutrición Crónica Infantil en menores de 05 años, conforme al Anexo adjunto, y la implementación del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma en la Región Ayacucho.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la asignación de los recursos financieros con la fiexibilidad en la ejecución de gasto, conforme a la normatividad vigente.

Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Regional N° 008-2012-GRA/CR de fecha 28 de marzo de 2012.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial 'El Peruano' y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación.

En la ciudad de Ayacucho, a los 18 días del mes de febrero del año dos mil trece.

WALTER QUINTERO CARBAJAL
Presidente Consejo Regional POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 18 días del mes de febrero del año dos mil trece.

WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ
Presidente Gobierno Regional Ayacucho

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.