3/21/2013

Resolución de Consejo Directivo N° 007-2013-SUNASS-CD Disponen la publicación del proyecto de resolución que aprueba la fórmula

Disponen la publicación del proyecto de resolución que aprueba la fórmula y estructura tarifarias y metas de gestión aplicables a EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio 2013 - 2018 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 007-2013-SUNASS-CD Lima, 18 de marzo de 2013 VISTO: El Informe N° 012-2013-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta el Proyecto de Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria,
Disponen la publicación del proyecto de resolución que aprueba la fórmula y estructura tarifarias y metas de gestión aplicables a EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio 2013 - 2018

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 007-2013-SUNASS-CD


Lima, 18 de marzo de 2013
VISTO:

El Informe N° 012-2013-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta el Proyecto de Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio 2013-2018;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 004-2008-SUNASS-GRT se dispuso el inicio del procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMAPA HUANCAVELICA SAC;

Que, de acuerdo con el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444- corresponde en esta etapa del procedimiento: i) Publicar en la página web y en el diario oficial 'El Peruano', el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Convocar a audiencia pública con arreglo a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD;

El Consejo Directivo en su sesión N° 5-2013 de fecha 7 de marzo de 2013;

HA RESUELTO:

Artículo 1°.- Disponer la publicación en el diario oficial
'El Peruano' del proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio 2013-2018 y su exposición de motivos.

Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notificados a EMAPA HUANCAVELICA SAC Artículo 2°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia.

Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución al local de la SUNASS, sito en: Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciahuancavelica@ sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública.

Artículo 4°.- Declarar que el documento que sustenta la presente resolución es el Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MOMIY HADA
Presidente Consejo Directivo N° -2013-SUNASS-CD Lima,
VISTO:

El Informe N° ---2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el Estudio Tarifario final con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio regulatorio 2013-2018;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 004-2008-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMAPA HUANCAVELICA SAC;

Que, según el informe de visto el cual forma parte integrante de la presente resolución, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas (1) Aprobado media Resolución de Consejo directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. , se ha cumplido con: i) Publicar en el diario oficial
'El Peruano' el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión;
ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el -- de -- de 2013; y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final que contiene la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública;

Que, sobre la base del Informe N° ---2013-SUNASS-110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMAPA HUANCAVELICA SAC; y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa;

El Consejo Directivo en su sesión del 7 de marzo de 2013;

HA RESUELTO:

Artículo 1°.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación por EMAPA HUANCAVELICA SAC, para el quinquenio regulatorio 2013-2018, cuya aplicación se efectuará mediante incrementos tarifarios base, de acuerdo con lo especificado a continuación.

A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
Los incrementos tarifarios base se aplicarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,2120) (1 + ) T1 = To (1 + 0,0630) (1 + )
T2 = T1 (1 + 0,6040) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,4850) (1 + )
T3 = T2 (1 + 0,0000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,0000) (1 + )
T4 = T3 (1 + 0,0000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,0000) (1 + )
T5 = T4 (1 + 0,0000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,0000) (1 + )
Donde:

To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1
T2 : Tarifa media que corresponde al año 2
T3 : Tarifa media que corresponde al año 3
T4 : Tarifa media que corresponde al año 4
T5 : Tarifa media que corresponde al año 5
: Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor El incremento tarifario base considerado para el segundo año regulatorio ha sido calculado de acuerdo a la operación de endeudamiento externo con KfW aprobada mediante Decreto Supremo N° 079-2002-EF. La magnitud de dicho incremento tarifario, así como su oportunidad de aplicación son referenciales y están sujetos al acuerdo que celebren el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y EMAPA HUANCAVELICA SAC, sobre la reprogramación del servicio de la deuda, según lo señalado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF en su Informe N° 001-2013-EF/52.04.

Artículo 2°.- Aprobar la Estructura Tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2013-2018 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMAPA HUANCAVELICA SAC, conforme al siguiente detalle:

Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado A. Localidad de Huancavelica a. Cargo fijo (S/. /Mes): 1,168. Se reajusta por efecto de la infiación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.
b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a 10 0,1305
10 a más 0,3377
Doméstico 0 a 8 0,5708
8 a 20 0,6027
20 a más 0,6925
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a 30 1,1816
30 a más 1,5869
Industrial 0 a más 1,5869
Estatal 0 a 50 0,7727
50 a más 1,2373
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria.
c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a 10 0,0298
10 a más 0,0771
Doméstico 0 a 8 0,1303
8 a 20 0,1376
20 a más 0,1581
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a 30 0,2698
30 a más 0,3624
Industrial 0 a más 0,3624
Estatal 0 a 50 0,1765
50 a más 0,2825
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria.
d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes)
Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 6 20 30 y 50 83 50 y 100
En el estudio tarifario se detallan las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada tipo de categoría.

B. Localidad de Izcuchaca a. Cargo fijo (S/. /Mes): 1,168. Se reajusta por efecto de la infiación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.
b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,1560
Doméstico 0 a 8 0,4800
8 a 20 0,5340
20 a más 0,5820
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a más 1,0410
Industrial 0 a más 1,1280
Estatal 0 a más 0,7650
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria.
c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,0400
Doméstico 0 a 8 0,1230
8 a 20 0,1370
20 a más 0,1480
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a más 0,2650
Industrial 0 a más 0,2880
Estatal 0 a más 0,1950
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria.
d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes)
Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 20 30 100 50
En el estudio tarifario se detallan las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada tipo de categoría.

La EPS dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la Fórmula Tarifaria y reajustes de tarifa por efecto de la inflación tomando como base el IPM.

Artículo 3°.- Aprobar las Metas de Gestión que deberá cumplir EMAPA HUANCAVELICA SAC en el quinquenio regulatorio 2013-2018, así como los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las Metas de Gestión, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución.

Artículo 4°.- El inicio del año regulatorio y la aplicación de la Estructura T arifaria aprobada se considerarán a partir del ciclo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución.

Artículo 5°.- Disponer la creación de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por la EPS, el cual sólo podrá ser utilizado para tal fin. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República.

Para constituir el referido fondo, EMAPA HUANCAVELICA SAC deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado señalados en el Anexo N° 2 de la presente resolución.

Artículo 6°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial 'El Peruano'. Los Anexos N° 1, 2, el Estudio Tarifario Final y el informe sobre el Estudio Tarifario se publicarán en la página web de la SUNASS:
www.sunass.gob.pe.

Artículo 7°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EXPOSICION DE MOTIVOS
I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA
TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE
GESTIÓN DE EMAPA HUANCAVELICA SAC
El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por EMAPA HUANCAVELICA SAC para el quinquenio regulatorio 2013-2018. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N° 2 del Reglamento General de Tarifas (2) Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. .

II. CONSIDERACIONES LEGALES.-
De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332 (3) Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. , y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
(4) Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM. , la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por las EPS. Asimismo, el artículo 30 de la Ley N° 26338 (5) Ley General de Servicios de Saneamiento. señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 26338 (6) Aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA , establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS.

Según la Resolución de Consejo Directivo N° 061-2011-SUNASS-CD las EPS podrán acceder a una Tarifa Base y/o una Tarifa Condicionada.

III. IMPACTO ESPERADO:

La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, aplicables por EMAP A HUANCA VELICA SAC favorece, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la población atendida. A la EPS, debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, que se beneficiará del compromiso de la empresa refiejado en las Metas de Gestión, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

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