3/09/2013

Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 003-2013-SUNASS-GRT Admiten a trámite solicitud de EPS GRAU SA de determinación de precio de

Admiten a trámite solicitud de EPS GRAU SA de determinación de precio de servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe' SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 003-2013-SUNASS-GRT Lima, 22 de febrero de 2013 VISTO: El Oficio N° 225-2013-EPS GRAU S.A-GG 1 , mediante el cual EPS GRAU SA, remite su propuesta de precio de servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe'; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución
Admiten a trámite solicitud de EPS GRAU SA de determinación de precio de servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe'

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA N° 003-2013-SUNASS-GRT


Lima, 22 de febrero de 2013
VISTO:

El Oficio N° 225-2013-EPS GRAU S.A-GG
1 , mediante el cual EPS GRAU SA, remite su propuesta de precio de servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe';

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 002-2012-SUNASS-CD
2 (en adelante la Resolución) la SUNASS
aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los precios de los servicios colaterales de EPS GRAU SA para el quinquenio regulatorio 2012-2017;

Que, en la Resolución no se determinó el precio del servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe' debido a que EPS GRAU SA no presentó su propuesta para dicho servicio;

Que, el 'cierre y reapertura de desagüe' es un servicio colateral que se encuentra regulado por la SUNASS conforme lo establece el artículo 47 del Reglamento General de Tarifas 3 , por tanto, este organismo regulador debe determinar el precio que corresponde pagar por su prestación;

Que, con el documento de visto EPS GRAU SA ha remitido su propuesta de precio del servicio colateral
'cierre y reapertura de desagüe';

Que, el artículo 52 del Reglamento General de Tarifas establece que el procedimiento para la determinación del precio de los servicios colaterales se inicia con la presentación de la solicitud de la empresa prestadora de servicios de saneamiento a la SUNASS acompañada del proyecto de estudio técnico y propuesta de precio correspondiente;

Que, se ha revisado la propuesta de precio del servicio colateral 'cierre y reapertura de desagüe' presentada por EPS GRAU SA, verificándose que reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia contemplados en el artículo 48 del mencionado Reglamento General de Tarifas y, en consecuencia, corresponde a esta Gerencia admitir a trámite dicha solicitud;

En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD;

HA RESUELTO:

Artículo Único.- Admitir a trámite la solicitud de EPS GRAU SA de determinación de precio de servicio colateral
'cierre y reapertura de desagüe'.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVÁN LUCICH LARRAURI
Gerente de Regulación Tarifaria 1 Recibido por la SUNASS el 19 de febrero de 2012.
2 Publicada el 15 de enero del 2012.
3 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD.

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