3/01/2013

Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 039-2013-INDECOPI/COD Designan Secretarios Técnicos de Comisiones de Protección al Consumidor

Designan Secretarios Técnicos de Comisiones de Protección al Consumidor y Directoras de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor y de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 039-2013-INDECOPI/COD Lima, 25 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido
Designan Secretarios Técnicos de Comisiones de Protección al Consumidor y Directoras de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor y de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 039-2013-INDECOPI/COD


Lima, 25 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido por los literales d), f) y g) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para designar a los Secretarios Técnicos, Director de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual y Director de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor;

Que, en ese sentido, mediante Informe N° 003-2013/GAF-Sgh emitido por la Subgerencia de Gestión Humana y validado por la Gerencia General, se propuso la designación del personal que ocupe las plazas de Secretarios Técnicos, Director de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, así como Director de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor.

Que, mediante Acuerdo N° 001-2013, el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la designación de funcionarios que ejerzan de manera permanente los referidos cargos, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos, tomando en consideración las modificaciones al Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 107-2012-PCM.

Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi; y,
De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la designación de las siguientes personas en los cargos que se detallan a continuación:
• Señor Erickson Molina Pradel, como Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 de la Sede Central, dando por concluida su designación como Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte, con eficacia anticipada al 04 de febrero de 2013, precisándose que el señor Edwin Aldana Ramos se mantiene en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 de la Sede Central, dándose por concluida su designación como Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 de la Sede Central.
• Señor Daniel Adolfo Gaspar Navarro Reto, como Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte, con eficacia anticipada al 04 de febrero de 2013, cargo que ocupará conjuntamente con el de jefe administrativo de dicha sede, dando por concluida su designación como Secretario Técnico de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Piura.
• Señorita Anahí del Milagro Chávez Ruesta, como Directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, con eficacia anticipada al 01 de febrero de 2013.
• Señorita Giovana Iris Hurtado Magan, como Directora de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, con eficacia anticipada al 28 de enero de 2013.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo

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