3/27/2013

Resolución Directoral N° 004-2013-EF/51.01 Modifican el Plan Contable Gubernamental

Modifican el Plan Contable Gubernamental ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2013-EF/51.01 Lima, 20 de marzo de 2013 Vista, la propuesta de la Dirección de Normatividad de modificar e incluir cuentas y subcuentas contables en el Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009, que comprende en su alcance a las entidades públicas de la actividad gubernamental del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral N° 001-2009-EF/93.01
Modifican el Plan Contable Gubernamental

ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2013-EF/51.01


Lima, 20 de marzo de 2013
Vista, la propuesta de la Dirección de Normatividad de modificar e incluir cuentas y subcuentas contables en el Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009, que comprende en su alcance a las entidades públicas de la actividad gubernamental del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Directoral N° 001-2009-EF/93.01 se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable Gubernamental 2009, con vigencia a partir del ejercicio 2009, y su modificatoria la Resolución Directoral N° 002-2010-EF/93.01; mediante la Resolución Directoral N° 011-2011-EF/93.01 se aprueba la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009 y mediante la Resolución Directoral N° 009-2012-EF/51.01 se aprueba las modificaciones de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009;

Que, el inciso 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Dirección General de Contabilidad Pública es el Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad;

Que, el inciso a) del artículo 7° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad Pública confiere a la Dirección General de Contabilidad Pública la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; asimismo en el inciso 16.1 del artículo 16° establece que el registro contable es el acto que consiste en anotar los datos de una transacción en las cuentas correspondientes del Plan Contable y en el inciso 16.2 del artículo 16° dispone que el registro contable oficial es el autorizado por la Dirección General de Contabilidad Pública, estando las entidades del sector público obligadas a su total cumplimiento, en aplicación de las normas y procedimientos contables emitidos por el Órgano Rector, utilizando los planes de cuentas y clasificadores presupuestarios de ingresos y gastos públicos, así como los sistemas contables que les sean aplicables;

Que, la Dirección de Normatividad propone realizar modificaciones al Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009, que comprende: las modificaciones de las cuentas contables en las denominaciones: presentación, dinámica, reconocimiento y medición, contenido y comentario (Anexo N° 01); modificar las denominaciones de la cuenta y subcuentas contables (Anexo N° 02); e incluir la cuenta y subcuentas contables (Anexo N° 03);

Que, es necesario aprobar la propuesta de la Dirección de Normatividad señalada en el párrafo precedente en el Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009 para su formalización; y En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el inciso a) del artículo 7° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificación del Plan Contable Gubernamental.

Modifíquese el Plan Contable Gubernamental aprobado mediante Resolución Directoral N° 001-2009-EF/93.01, modificado mediante la Resolución Directoral N° 002-2010-EF/93.01, la Resolución Directoral N° 011-2011-EF/93,01 y la Resolución Directoral N° 009-2012-EF/51.01, de acuerdo a los Anexos 01, 02 y 03 que forman parte de la presente resolución.

Artículo2°.- Publicación de la Resolución Publíquese la presente resolución y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas:
http://www.mef.gob.pe en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial 'El Peruano'.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ARTURO PAJUELO RAMÍREZ
Director General Dirección General de Contabilidad Pública

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