3/07/2013

Resolución Jefatural N° 076-2013/JNAC/RENIEC Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo

Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud, ubicado en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 076-2013/JNAC/RENIEC Lima, 5 de marzo de 2013 VISTOS: El Informe N° 000006-2013/LRV/JR12ICA/GOR/RENIEC (21ENE2013), emitido por el Coordinador Operativo de la Jefatura Regional 12 – Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevación N° 000055-2013/GOR/RENIEC
Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud, ubicado en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 076-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 5 de marzo de 2013
VISTOS: El Informe N° 000006-2013/LRV/JR12ICA/GOR/RENIEC (21ENE2013), emitido por el Coordinador Operativo de la Jefatura Regional 12 – Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevación N° 000055-2013/GOR/RENIEC (24ENE2013), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 000287-2013/GAJ/RENIEC (13FEB2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias;

Que los Artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señalan que cada oficina registral estará dotada de los mecanismos suficientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista oficina registral;

Que mediante el documento de vistos, la Jefatura Regional 12 - Ica señala que se han efectuado coordinaciones con el Director del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud – MINSA, para la instalación de una Oficina Registral Auxiliar en el indicado nosocomio, teniendo como antecedente el Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado entre RENIEC, MINSA y ESSALUD;

Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales a través del documento de vistos precisa que se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en el referido nosocomio, por lo que solicita la apertura de la indicada Oficina Registral Auxiliar;

Que en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, en los términos recomendados por los órganos competentes;

Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 49-2013/JNAC/RENIEC (08FEB2013), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 13 de febrero al 14 de marzo de 2013;

Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y,
Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497,
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso g) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 245-2012/JNAC/RENIEC
(03OCT2012); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Hospital de Apoyo de Nazca del Ministerio de Salud - MINSA, el cual se encuentra ubicado en la Calle Callao s/n, Tercera Cuadra, en el distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, a cargo de la Jefatura Regional 12 – Ica de la Gerencia de Operaciones Registrales.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ANA CASTILLO ARANSAENZ
Jefe Nacional (e)

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