3/03/2013

Resolución Ministerial N° 048-2013-MIMP Aprueban el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio

Aprueban el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables' MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 048-2013-MIMP Lima, 28 de febrero de 2013 Vistos la Nota 68-2013-MIMP/OGA-OTI e Informe Técnico 002-2013-MIMP/OGA-OTI de la O ficina de Tecnologías de la Información, el Memorando 111-2013-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe 002-2013-MIMP/OGPP-OP-RPL de la Oficina de Planeamiento y el Informe 066-2013-MIMP/OGPP/OPI
Aprueban el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables'

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 048-2013-MIMP


Lima, 28 de febrero de 2013
Vistos la Nota 68-2013-MIMP/OGA-OTI e Informe Técnico 002-2013-MIMP/OGA-OTI de la O ficina de Tecnologías de la Información, el Memorando 111-2013-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe 002-2013-MIMP/OGPP-OP-RPL de la Oficina de Planeamiento y el Informe 066-2013-MIMP/OGPP/OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo 604,
Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las Oficinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su Sector, además de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos;

Que, por Resolución Ministerial 19-2011-PCM, se aprobó como actividad permanente la 'Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático – POI de las entidades de la Administración Pública' y su Guía de Elaboración, cuyo numeral 4.2, en su inciso b), dispone que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local así como en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad;

Que, mediante Nota 68-2013-MIMP/OGA-OTI e Informe Técnico 002-2013-MIMP/OGA-OTI, la O ficina de Tecnologías de la Información remitió el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables', el cual consolida los planes informáticos de las Unidades Ejecutoras 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF y 009:

Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual
– PNCVFS;

Que, mediante Informe 066-2013-MIMP/OGPP-OPI la Oficina de Presupuesto e Inversiones señala que para el presente año fiscal se ha asignado un crédito presupuestario a la meta presupuestal de la Oficina de Tecnologías de la Información del MIMP; asimismo, indica que través del Memorando 307-2013/INABIF-UPP la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF comunica que se cuenta con presupuesto asignado para el presente año fiscal para la Sub Unidad de Informática, y que con Memorando 250-2013-MIMP-PNCVFS/UPP la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, otorga la Certificación Presupuestal respectiva; ello con el fin de aprobar el Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante Memorando 111-2013-MIMP-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresó su conformidad con las opiniones favorables de las Oficinas de Planeamiento y de Presupuesto e Inversiones, vertidas mediante Informe 002-2013-MIMP/OGPP-OP-RPL e Informe 066-2013-MIMP/OGPP-OPI, respectivamente, para la aprobación del Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, el Plan Operativo Informático es un instrumento de gestión de corto plazo que permite definir las actividades informáticas de cada Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, por consiguiente, resulta necesario emitir el acto que apruebe el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables';

Con la visación de la Secretaría General, la Oficina General de Administración, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica, y la Oficina de Tecnologías de la Información;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
– MIMP, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP, el Decreto Supremo 001-2009-JUS y la Resolución Ministerial 19-2011-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables', el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración es la responsable del seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas considerados en el 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables', debiendo informar de ello a la Secretaría General.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo – 'Plan Operativo Informático 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables', sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.
pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA TRIVELLI ÁVILA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada de la Cartera de Mujer y Poblaciones Vulnerables

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