3/07/2013

Resolución Ministerial N° 053-2013-MIMP Modifican R.M. N° 122-2007-MIMDES mediante la cual se declaró el mes de

Modifican R.M. N° 122-2007-MIMDES mediante la cual se declaró el mes de mayo de cada año como el 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes' MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2013-MIMP Lima, 5 de marzo de 2013 Vistos, el Informe 017-2012-MIMP-DGNNA-DPNNA-RDC de la Dirección de Políticas sobre Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, y el Informe 026-2012-MIMP/OGPP-OMI-JFH de la Oficina de Modernización
Modifican R.M. N° 122-2007-MIMDES mediante la cual se declaró el mes de mayo de cada año como el 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes'

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2013-MIMP


Lima, 5 de marzo de 2013
Vistos, el Informe 017-2012-MIMP-DGNNA-DPNNA-RDC de la Dirección de Políticas sobre Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, y el Informe 026-2012-MIMP/OGPP-OMI-JFH de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial 122-2007-MIMDES se declaró el mes de mayo de cada año como el 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes', con la finalidad de realizar actividades que motiven la refiexión acerca de la gravedad del problema y la necesidad de colocar de manera permanente el tema en la agenda pública;

Que, en los artículos 3 y 5 de la referida Resolución se dispuso que todas las dependencias y los Programas Nacionales del MIMP incorporen obligatoriamente en sus estrategias de intervención, acciones destinadas a la orientación y protección de las niñas, niños y adolescentes frente a la explotación sexual; asimismo, se encargó a la extinta Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes (actualmente Dirección General de Niñas,
Niños y Adolescentes) la elaboración de la Directiva de Lineamientos Estratégicos Intra sectorial correspondiente al 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes', así como los instrumentos de evaluación del mismo;

Que, en los artículos 2 y 4 de la misma Resolución Ministerial se encargó a la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes' así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad; del mismo modo, se dispuso que las dependencias y los Programas Nacionales del Sector MIMP incorporen en la planificación y ejecución de sus Planes Operativos Institucionales, acciones o medidas contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes de su localidad o región;

Que, conforme al artículo 71 de la Ley N° 28411
– Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI
que debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales – PESEM;

Que, en ese sentido, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades;

Que, los Planes Operativos Institucionales refiejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

Que, de conformidad con el artículo 8 de la Directiva para la Formulación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estratégicos Institucionales para el período 2002 - 2006, aprobada por Resolución Ministerial N° 084-2001-EF-10, el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM y el Plan Estratégico Institucional –
PEI, son el resultado del proceso de refiexión estratégica y aporta a la Entidad una serie de objetivos y ventajas, como identificar problemas y amenazas que, a corto, mediano y largo plazo, pueden tener gran repercusión.

Asimismo, ayuda a la búsqueda y detección sistemática de nuevas oportunidades de desarrollo y su propia metodología impulsa la participación del conjunto de los agentes en las decisiones acerca del futuro, facilitando el consenso la definición común;

Que, los literales f) y j) del artículo 5 del Decreto Legislativo 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables establecen como su ámbito de competencia la atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso; y la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que, los literales f) y m) del artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP, establecen que dicha entidad es competente para la atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso; así como el ejercicio de la rectoría sobre las materias de su competencia y sobre el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente, entre otros;

Que, conforme a los documentos de vistos, con la finalidad de garantizar el adecuado desempeño de las funciones en materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes garantizando la complementariedad de objetivos, esfuerzos y recursos dentro de la política sectorial y evitando posibles confiictos de competencia y duplicidad de funciones, y estando a la nueva estructura orgánica y a las nuevas funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP , resulta necesario modificar la Resolución Ministerial 122-2007-MIMDES a fin disponer que en adelante el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes' así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad estará a cargo de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; asimismo, que se efectúen las incorporaciones que resulten pertinentes en el Plan Estratégico Sectorial Multianual, el Plan Estratégico Institucional y Planes Operativos del MIMP, que coadyuven a la lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes;

Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley 29158
– Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Decreto Legislativo 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifíquense los artículos 2 y 4 de la Resolución Ministerial 122-2007-MIMDES, en los siguientes términos:
'Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, el diseño de las actividades a ser coordinadas y ejecutadas con ocasión del 'Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes', así como el procesamiento y consolidación de la información obtenida en dicha oportunidad.
(…)
Artículo 4.- Disponer que las dependencias y los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en el marco de sus funciones y competencias, incorporen resultados en el Plan Estratégico Sectorial Multianual, así como acciones en el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, que contribuyan directa o indirectamente a la lucha contra la explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes, previa coordinación con la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.'
Artículo 2.- Dejar sin efecto los artículos 3 y 5 de la Resolución Ministerial 122-2007-MIMDES.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP

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