3/02/2013

Resolución Ministerial N° 060-2013-MEM/DM Otorgan concesión temporal a GENERALIMA SAC para desarrollar estudios de

Otorgan concesión temporal a GENERALIMA SAC para desarrollar estudios de factibilidad relativos a la generación de energía eléctrica en Central ubicada en el departamento de Lambayeque ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 060-2013-MEM/DM Lima, 22 de febrero de 2013 VISTO: El Expediente N° 27326913, sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Morrope, de acuerdo con el Decreto Ley N°
Otorgan concesión temporal a GENERALIMA SAC para desarrollar estudios de factibilidad relativos a la generación de energía eléctrica en Central ubicada en el departamento de Lambayeque

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 060-2013-MEM/DM


Lima, 22 de febrero de 2013
VISTO: El Expediente N° 27326913, sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Morrope, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por GENERALIMA SAC, persona jurídica inscrita en la Partida N° 00009911 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, GENERALIMA SAC, mediante documento con registro de ingreso N° 2252862, de fecha 12 de diciembre de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Morrope, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Morrope y Lambayeque, provincia y departamento de Lambayeque, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM
(PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 034-2013-DGE-DCE;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los artículos 34 y 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar concesión temporal a favor de GENERALIMA SAC, que se identificará con el código N° 27326913, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Morrope, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Morrope y Lambayeque, provincia y departamento de Lambayeque, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):

VÉRTICE ESTE NORTE
A 594 258,000 9 275 362,000
B 601 258,000 9 277 362,000
C 615 258,000 9 263 362,000
D 611 258,000 9 256 362,000
E 599 258,000 9 264 362,000
Artículo 3°.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes.

De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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