3/16/2013

Resolución Ministerial N° 079-2013-EF/15 Aprueban la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios

Aprueban la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2013-EF/15 Lima, 15 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de partidas en el presupuesto del Sector
Aprueban la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL

ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2013-EF/15


Lima, 15 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al cofinanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la finalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica;

Que, mediante la Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, se estableció la implementación y el funcionamiento del FONIPREL, señalándose los criterios para la asignación de los recursos del referido Fondo;

Que, el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-2009, incorporó el literal k) en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, a fin de incluir como criterio de asignación de recursos el grado de ejecución financiera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión;

Que, el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 037-2009, dispone que la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, se aprueba por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Secretaria Técnica del FONIPREL;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 949-201 1-EF/15, se aprobó la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL;

Que, el Capítulo II del Decreto de Urgencia N° 058-2011, autorizó a que de manera excepcional el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, asigne directamente recursos a favor de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales, a favor de los Gobiernos Locales y a favor de los Gobiernos Regionales, para la elaboración de estudios de preinversión y sus estudios técnicos complementarios correspondientes a los proyectos de inversión pública de dichas entidades, debiendo éstas suscribir un documento de compromiso ante la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, previo cumplimiento de los criterios y requisitos que se establecerían mediante la Resolución Ministerial a que se refiere el artículo 21° del Decreto de Urgencia, Dichos criterios y requisitos fueron establecidos mediante Resolución Ministerial N° 790-2011-EF/15;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20° del mencionado Capítulo II del Decreto de Urgencia N° 058-2011, establece que los proyectos de inversión pública cuya declaración de viabilidad se sustente en los estudios de preinversión financiados en el marco de dicha norma, tendrán un porcentaje adicional en los concursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local –
FONIPREL, conforme lo proponga la Secretaría Técnica del citado Fondo y lo apruebe su Consejo Directivo;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013 lo dispuesto en el Capítulo II del Decreto de Urgencia N° 058-2011, incluyendo en los alcances de la citada norma a los estudios definitivos, expediente técnicos y demás estudios técnicos necesarios en la fase de inversión de los proyectos de inversión pública declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL ha propuesto la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF y el Decreto de Urgencia N° 037-2009;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la actualización de jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125 que, como Anexos, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al detalle siguiente:
1.1 Anexo N° 01: 'Especificación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación de los recursos del FONIPREL: Agrupamiento de los Gobiernos Regionales y Locales en función de sus necesidades y disponibilidad de recursos determinados y FONCOR'.
1.2 Anexo N° 02: 'Especificación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación y de los recursos del FONIPREL: Definición del algoritmo para asignar los recursos del FONIPREL'.
1.3 Anexo N° 03: 'Listado de Municipalidades Distritales,
Municipalidades Provinciales y Gobiernos Regionales según los indicadores utilizados en el agrupamiento por necesidades y por recursos por transferencias, y según grupo de pertenencia de necesidades y recursos'.
1.4 Anexo N° 04: 'Clasificación de las entidades según grado de ejecución financiera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión (PIM 2011)'.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 949-2011-EF/15.

Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos a que se refiere el artículo 1° serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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