3/02/2013

Resolución Suprema N° 010-2013-EM Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010 celebrado

Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010 celebrado entre el Ministerio y Termochilca SAC ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2013-EM Lima, 1 de marzo de 2013 VISTO: El Expediente N° 14232810 sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por la empresa Termochilca SAC, inscrita en la Partida N° 12114169 de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010 celebrado entre el Ministerio y Termochilca SAC

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2013-EM


Lima, 1 de marzo de 2013
VISTO: El Expediente N° 14232810 sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por la empresa Termochilca SAC, inscrita en la Partida N° 12114169 de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema N° 004-2011-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de enero de 2011, se otorgó a favor de Termochilca SAC concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Santo Domingo de los Olleros
– S.E. Chilca, ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, en los términos y condiciones de dicha Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión N° 360-2010 que aprueba;

Que, con fecha 27 de abril de 2012, mediante el documento con registro de ingreso N° 2185610,
Termochilca SAC solicitó la primera modificación del referido Contrato de Concesión para prorrogar la construcción de la Línea de Transmisión de 500 kV S.E.

Santo Domingo de Los Olleros – S.E. Chilca, y de esta forma concluir las obras y poner en operación comercial la indicada Línea de Transmisión el 30 de junio de 2013;

Que, para efectos de la solicitud que se menciona en el párrafo anterior, Termochilca SAC argumentó la existencia de una causa de fuerza mayor al amparo del inciso b) del artículo 36 de la Ley de Concesiones Eléctricas, la misma que no le permitió continuar las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesión N° 360-2010;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 364-2012-MEM/DM de fecha 23 de julio de 2012, el Ministerio de Energía y Minas aprobó la causa de fuerza mayor expuesta por Termochilca SAC, la misma que gira en torno a la demora en la expedición de la Resolución de Habilitación Urbana del terreno donde se construirá la S.E. Santo Domingo de los Olleros, siendo dicha habilitación requisito indispensable para tramitar la autorización de movimientos de tierras y la licencia de construcción de la S.E. Santo Domingo de los Olleros, indispensables para la ejecución de la indicada Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Santo Domingo de los Olleros – S.E. Chilca;

Que, al haberse aprobado la causa de fuerza mayor, alegada por Termochilca SAC, procede aprobar la primera modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica solicitada por dicha empresa, la cual será consignada en el Contrato de Concesión N° 360-2010 a través de la respectiva Minuta que modifique la Cláusula Séptima así como el Anexo N° 4 del indicado contrato de concesión;

Que, Termochilca SAC ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refiere el Informe N° 295-2012-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y Termochilca SAC, en los aspectos referidos a modificar la Cláusula Séptima y el Anexo N° 4, por la razón y fundamento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010 aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 360-2010.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas

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