3/16/2013

Resolución Suprema N° 025-2013-JUS Autorizan viaje a los EEUU de Procurador Público Especializado en Delitos

Autorizan viaje a los EEUU de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, en comisión de servicios JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 025-2013-JUS Lima, 15 de marzo de 2013 VISTOS, la Nota OEA/2.2/05/13, del 22 de enero de 2013, de la Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC); el Oficio N° 041-2013-PCM/CAN, del 15 de febrero de 2013, de la Coordinadora General de la Comisión de Alto
Autorizan viaje a los EEUU de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, en comisión de servicios

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 025-2013-JUS


Lima, 15 de marzo de 2013
VISTOS, la Nota OEA/2.2/05/13, del 22 de enero de 2013, de la Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC); el Oficio N° 041-2013-PCM/CAN, del 15 de febrero de 2013, de la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; y el Oficio N° 330-2013-JUS-CDJE/PPEDC, del 25 de febrero de 2013, de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción;

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), informa de la realización de la Vigésimo Primera Reunión Ordinaria del Comité de Expertos del MESICIC, a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 18 al 22 de marzo de 2013;

Que, durante la mencionada reunión se someterá la propuesta de Informe Final de Perú relativo a la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción en el país, en la cual los Expertos Titulares de los países miembros del MESICIC formularán preguntas y precisiones puntuales respecto del contenido del Informe Final materia de evaluación, a efectos de su aprobación y formulación de recomendaciones;

Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento antes referido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, para que participe en la mencionada reunión, atendiendo a que la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción contribuyó en su oportunidad con proporcionar información relevante y sustancial para dar contenido al mencionado Informe Final;

Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, del 17 al 23 de marzo de 2013, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 2,966.10
Viáticos x 6 días US$ 1,320.00
--------------------
TOTAL: US$ 4,286.10
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4°.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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