3/03/2013

Resolución Suprema N° 071-2013-DE/ Autorizan viaje a España de empleada civil, en misión de estudios

Autorizan viaje a España de empleada civil, en misión de estudios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 071-2013-DE/ Lima, 28 de febrero de 2013 VISTO: El Oficio N.1000-116 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 25 de enero de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 17 de diciembre de 2012 el Presidente de la Comisión de Docencia del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela de España, hace de conocimiento la aceptación para que
Autorizan viaje a España de empleada civil, en misión de estudios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 071-2013-DE/


Lima, 28 de febrero de 2013
VISTO:

El Oficio N.1000-116 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 25 de enero de 2013.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta S/N de fecha 17 de diciembre de 2012 el Presidente de la Comisión de Docencia del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela de España, hace de conocimiento la aceptación para que la Empleada Civil de Carrera Médico Pediatra Niv. 14 Med.

IV (Pediat.) Mercedes del Pilar MEDINA Delgado, participe en una estancia formativa en la Unidad de Pediatría y AA. Específicas, Servicio de Endocrinología Pediátrica, en el Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela, Reino de España, del 1 de marzo al 30 de abril de 2013;

Que, la designación de una Profesional de la Salud para que participe en la estancia formativa referida en el considerando precedente, responde a la necesidad de conocer el trabajo que realiza dicha Unidad Hospitalaria con respecto a su organización y manejo de pacientes con patologías endocrinológicas, así como también, su organización en el seguimiento del crecimiento y desarrollo de los niños y de adolescentes; actualizándose en nuevos protocolos de manejo de diversas patologías endocrinológicas, como realizar un intercambio de experiencias en la terapéutica de dichas enfermedades;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Empleada Civil de Carrera Médico Pediatra Niv. 14 Med.

IV (Pediat.) Mercedes del Pilar MEDINA Delgado, para que participe en la mencionada estancia formativa; con la finalidad de contar con personal médico especializado en el diagnóstico y tratamiento de niños que padecen enfermedades del sistema endocrino, como la diabetes y los trastornos del crecimiento; adquiriendo conocimientos y experiencias que redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Empleada Civil de Carrera Médico Pediatra Niv. 14 Med. IV (Pediat.) Mercedes del Pilar MEDINA Delgado, CIP . 05848714, DNI. 06607179, para que participe en una estancia formativa en la Unidad de Pediatría y AA. Específicas, Servicio de Endocrinología Pediátrica, en el Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela, Reino de España, del 1 de marzo al 30 de abril de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos:

Lima - Santiago de Compostela (REINO DE ESPAÑA) - Lima US$. 2,300.00 US$. 2,300.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$. 3,250.00 x 2 meses (marzo - abril) US$. 6,500.00
----------------------------
TOTAL A PAGAR: US$. 8,800.00
Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013.

Artículo 4°.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante.

Artículo 6°.- La Empleada Civil designada, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7°.- La mencionada Empleada Civil, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios.

Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

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