3/09/2013

Resolución Suprema N° 082-2013-DE/MGP Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Portugal

Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Portugal y Argentina, en misión de estudios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2013-DE/MGP Lima, 08 de marzo de 2013 Visto, el Oficio N.1000-219 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 6 de febrero de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta AGPE N° 01/13 de fecha 10 de enero de 2013, el Agregado Naval a la Embajada Argentina en Perú, hace extensiva la invitación para que UN (1)
Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Portugal y Argentina, en misión de estudios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2013-DE/MGP


Lima, 08 de marzo de 2013
Visto, el Oficio N.1000-219 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 6 de febrero de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta AGPE N° 01/13 de fecha 10 de enero de 2013, el Agregado Naval a la Embajada Argentina en Perú, hace extensiva la invitación para que UN (1) Oficial de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso de 'Oficial Control Naval de Tránsito Marítimo'
(OCONTRAM), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires,
República Argentina, del 11 al 22 de marzo de 2013;

Que, en tal sentido, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Subalterno para que participe en el mencionado Curso;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de UN (1) Oficial Subalterno de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para que participe en el Curso de 'Oficial Control Naval de Tránsito Marítimo'
(OCONTRAM), con el fin de elevar su capacitación y perfeccionamiento en el manejo adiestrado y competente de las políticas y procedimientos actuales relacionados con el Control Naval de Tránsito Marítimo, aplicados en el ámbito del transporte marítimo; además, de la base conceptual de los procedimientos para el desarrollo de los futuros Ejercicios Internacionales 'TRANSOCEANIC' y 'TRANSAMERICA', por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Pedro Manuel Jesús ENCISO Sánchez, CIP. 00930945, DNI. 43314750, para que participe en el Curso de 'Oficial Control Naval de Tránsito Marítimo' (OCONTRAM), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 22 de marzo de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (REPÚBLICA ARGENTINA) - Lima US$. 700.00 US$. 700.00
Viáticos:

US$. 200.00 x 12 días US$. 2,400.00
-------------------
TOTAL A PAGAR: US$. 3,100.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4°.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 5°.- El citado Personal Naval, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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