4/15/2013

Decreto de Alcaldía N° 003 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 308-MDA, que establece beneficio

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 308-MDA, que establece beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias PRODUCE DECRETO DE ALCALDÍA N° 003 Ate, 12 de abril de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; la Ordenanza N° 308-MDA que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias y No Tributarias, el Informe N° 039-2013-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 262-2013-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 625-2013-MDA/GM
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 308-MDA, que establece beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias

PRODUCE
DECRETO DE ALCALDÍA N° 003


Ate, 12 de abril de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE
VISTO; la Ordenanza N° 308-MDA que establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias y No Tributarias, el Informe N° 039-2013-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 262-2013-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 625-2013-MDA/GM de la Gerencia Municipal;
y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe N° 039-2013-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, señala que la Ordenanza N° 308-MDA de fecha 27 de marzo del 2013 y publicada en el Diario Oficial
'El Peruano' el 30 de marzo del 2013, estableció el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de sus obligaciones, generadas hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, que se encuentren pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva;

Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Sétima Disposición Complementaria, faculta al Señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga mediante Decreto de Alcaldía de la ampliacion de la vigencia del beneficio otorgado a través de la Ordenanza antes mencionada, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria;

Que, la Administración considera pertinente otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, máxime si se ha constatado el incremento progresivo de la afluencia de vecinos quienes se están apersonando en forma diaria para acogerse a los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 308-MDA, motivo por el cual, se hace necesario la ampliación de la vigencia establecida en la misma y la expedicion de la presente norma;

Que, mediante Informe N° 262-2013-MDA/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 308-MDA hasta el 30 de abril del 2013;

Que, mediante Proveído N° 625-2013-MDA/GM la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42° y el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1°.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza N° 308-MDA, que establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, hasta el 30 de abril del 2013, en mérito a las consideraciones antes expuestas.

Artículo 2°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria; y demás Unidades Orgánicas competentes de la Corporación Municipal.

Artículo 3°.- DISPONER; la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde

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