4/27/2013

Ordenanza 116-2013-MDP/C Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo en el

Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2014 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR ORDENANZA N° 116-2013-MDP/C Pachacámac, 25 de Marzo del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC. POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Pachacámac, visto en Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de Marzo del 2013, el Informe N° 040-2013-MDP/OPP e Informe N° 073-2013-MDP/OAJ y Proyecto de Ordenanza que
Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2014

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
ORDENANZA N° 116-2013-MDP/C


Pachacámac, 25 de Marzo del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PACHACAMAC.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Pachacámac, visto en Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de Marzo del 2013, el Informe N° 040-2013-MDP/OPP e Informe N° 073-2013-MDP/OAJ y Proyecto de Ordenanza que 'APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC PARA EL AÑO FISCAL 2014', y;

CONSIDERANDO
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 28607 – Ley de Reforma Constitucional precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el Artículo 197° de la norma acotada, establece que las municipalidades promueven apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo el Artículo 199° de la referida Carta Magna establece que los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley.

Que, el Artículo 53° de la Ley N° 27972, establece que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción, el presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación.

Que, el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos.

Que, es política de la actual gestión edil impulsar la facultad del Concejo Municipal para aprobar las disposiciones necesarias que regulen el Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el Año Fiscal 2014, como instrumento democrático para la gestión del desarrollo local, a efectos de que las organizaciones sociales de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a través de los diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base social.

Que, con Informe N° 040-2013-MDP/OPP, de fecha 19 de Marzo del 2013, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto requiere se apruebe el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014.

Que, con Informe N°073-2013-MDP/OAJ, de fecha 22 de Marzo del 2013, la Oficina de Asesoría Jurídica, recomienda se declare procedente el proyecto de ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo 2014 y se someta al Pleno del Concejo para su debate conforme lo dispone los numerales 1) y 8) del Artículo 9° de la Ley N° 27972.

Que, estando a lo expuesto, y con el voto UNANIME de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 1) y 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC
PARA EL AÑO FISCAL 2014
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2014, que consta de 03Títulos, 03 Capítulos, 17 Artículos y 05 Disposiciones Generales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DESIGNAR al Equipo Técnico Municipal responsable del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2014, el mismo que está conformado por:
fiGERENTE DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO QUIEN LA PRESIDIRÁ
fiGERENTE DE DESARROLLO HUMANO Y PROMOCIÓN SOCIAL fiGERENTE DE DESARROLLO URBANO Y RURAL fiGERENTE DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y DEL AMBIENTE fiGERENTE DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO fiGERENTE DE LA OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS fiSUB GERENTE DE PARTICIPACIÓN VECINAL Y PROGRAMAS SOCIALES fiSUB GERENTE DE EDUCACIÓN, CULTURA,
RECREACIÓN Y DEPORTE
Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma General de las Acciones del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2014, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a los vecinos del Distrito de Pachacámac, a través de sus organizaciones, para dar inicio el proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014, incorporando en este proceso la participación de los Niños (as) y Adolescentes del Distrito de Pachacámac, e incorporando también un proceso exclusivo para el Género Femenino.

Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias y Reglamentarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto,
Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social,
Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, Gerencia de Servicios a la Ciudad y del Ambiente y demás Unidades Orgánicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y Oficina de Informática y Estadística la Publicación de la misma en el Portal Institucional de esta Municipalidad y la Oficina de Relaciones Públicas para su difusión.

Artículo Séptimo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial 'El Peruano', la misma que entrará en vigencia al día siguiente que esta se produzca, asimismo dispóngase en la misma fecha su publicación en la Página Web de esta Corporación Municipal así como del Reglamento que regula el proceso de Presupuesto Participativo 2014 en el Distrito de Pachacámac.

Artículo Octavo.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata de la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde

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