4/21/2013

Ordenanza Municipal N° 05-2013/MDV Aprueban el Reglamento para el Proceso de participación de las Organizaciones

Aprueban el Reglamento para el Proceso de participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante Consejo de Coordinación Local Distrital de Ventanilla MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA ORDENANZA MUNICIPAL N° 05-2013/MDV Ventanilla, 22 de febrero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En sesión ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 22 de febrero de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú,
Aprueban el Reglamento para el Proceso de participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante Consejo de Coordinación Local Distrital de Ventanilla

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 05-2013/MDV


Ventanilla, 22 de febrero de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:

En sesión ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 22 de febrero de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el voto por unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA MUNICIPAL
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
PARA EL PROCESO DE PARTICIPACIÓN DE
LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL
DISTRITAL DE VENTANILLA
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento para el Proceso de participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo De Coordinación Local Distrital de Ventanilla, el cual consta de veinticinco artículos, seis disposiciones transitorias y finales y cinco anexos, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Artículo 2°.- Publíquese la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional www.muniventanilla. gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.
pe, de conformidad con la Ley N° 29091.

Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de participación Vecinal y Relaciones Comunitarias el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.

Regístrese, comunique, publíquese.

OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde

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