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Ordenanza N° 251 Modifican el Artículo 5° de la N° 072-MDLM, que aprueba el Proceso
4/21/2013
Ordenanza N° 251 Modifican el Artículo 5° de la N° 072-MDLM, que aprueba el Proceso
Modifican el Artículo 5° de la Ordenanza N° 072-MDLM, que aprueba el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA ORDENANZA N° 251 La Molina, 15 de abril de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 06 - 2013 (12.04.2013) de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
ORDENANZA N° 251
La Molina, 15 de abril de 2013
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 06 - 2013 (12.04.2013) de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre el Proyecto de Ordenanza de modificación del Artículo 5° de la Ordenanza N° 072-MDLM, propuesto por la Oficina de Participación Vecinal, según Informe N° 155-2013-MDLM-OPV (05.04.2013) y ;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley N° 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972 establece que
'Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa'. Asimismo el Artículo 9° numeral 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal 'Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos';
Que, mediante Ordenanza N° 072-MDLM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de enero del 2004, se aprobó el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, como parte de la adecuación que correspondía a lo dispuesto en la nueva Ley Orgánica de Municipalidades publicada con fecha 27 de mayo del 2003, la cual estableció como uno de los mecanismos de participación ciudadana en el gobierno local al Consejo de Coordinación Local Distrital como un órgano de coordinación y concertación;
Que, según lo señalado por la Oficina de Participación Vecinal, en el Informe N° 155-2013-MDLM-OPV, resulta conveniente la modificación del Artículo 5° de la Ordenanza N° 072-MDLM, referido a los requisitos de la solicitud de inscripción, lo cual permitirá un mejor entendimiento para la participación en el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD;
Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por unanimidad emitió la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5° DE
LA ORDENANZA N° 072-MDLM, QUE APRUEBA EL
PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES
DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE
COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL:
Artículo Único.- Modifíquese el Artículo 5° de la Ordenanza N° 072-MDLM, que Aprueba el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, según el siguiente texto:
'Artículo 5°.- Requisitos de la solicitud de inscripción Las Organizaciones de la Sociedad Civil de La Molina para su registro, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Presentar la solicitud – formulario, la cual tendrá el valor de una Declaración Jurada, firmada por el representante legal de la Organización, conforme al Anexo N° 01, que forma parte de la presente ordenanza.
b) Copia fedateada del documento que acredita la personería jurídica de la Organización de la Sociedad Civil y mandato vigente de su representante legal, inscrito en el Registro Público correspondiente, expedido con una antigüedad no mayor de 90 días a la fecha de su presentación y/o señalar el número de la Resolución de Registro y Reconocimiento Municipal vigente de la Organización Social, en el que conste la nómina de sus respectivos directivos.
c) Copia simple del documento de identidad del representante legal de la Organización de la Sociedad Civil de La Molina, así como del delegado elector designado por aquella para que la represente en el proceso eleccionario.
d) Copia fedateada del Acta de Asamblea en la cual se llevó a cabo la Elección del Delegado Elector.
e) Acreditar documentadamente un mínimo de tres años de actividad institucional y/o presencia efectiva de trabajo en el distrito de La Molina.'
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera Disposición Complementaria.- ENTIÉNDASE para la correcta aplicación de la Ordenanza N° 072-MDLM, en adecuación a la Ordenanza N° 210, modificada por la Ordenanza N° 214, que aprueba la Estructura Orgánica,
Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad de La Molina, lo siguiente:
Toda mención efectuada a: Deberá entenderse referida a:
GERENCIA DE PARTICIPACION
VECINAL
OFICINA DE PARTICIPACION VECINAL
UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO
SUBGERENCIA DE GESTION
DOCUMENTARIA
GERENTE DE ADMINISTRACION
GERENTE DE ADMINISTRACION Y
FINANZAS
GERENTE DE EDUCACION, CULTURA,
RECREACION Y DEPORTES
GERENTE DE DESARROLLO HUMANO
GERENTE DE PRESUPUESTO
GERENTE DE PLANEAMIENTO,
PRESUPUESTO Y DESARROLLO
INSTITUCIONAL
Segunda Disposicion Complementaria.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la Ordenanza N° 072-MDLM.
DISPOSICIONES FINALES
Primera Disposicion Final.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Segunda Disposición Final.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de La Municipalidad de La Molina www.munimolina.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.
pe.
Tercera Disposición Final.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Oficina de Participación Vecinal su difusión y demás áreas competentes, su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde ANEXO N° 01
SOLICITUD – FORMULARIO
La Molina, _____ de _____ de ______
Señor Alcalde del distrito de La Molina Presente.-
De mi consideración:
El que suscribe, Sr (a)_______________ identificado (a) con DNI N°_____________ con domicilio legal en ______
_______________________________________________
____________, número telefónico___________________ en mi calidad de representante legal de _______________
_______________________________________________
_________________
(Nombre de la Organización que representa) con siglas ___________________ inscrito en los Registros Públicos según Ficha o Partida Electrónica N°____
________________________ y/o Resolución N° ________
_______________ de Reconocimiento y Registro Municipal vigente, presento ante usted al Sr.(a) _________________
_____________________________________________, identificado(a) con DNI N°________________, domiciliado en ____________________________________________ y teléfono N° ______________ , quien nos representará y participará como Candidato-Elector en el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinación Local Distrital.
Declaró que todos los datos y documentos presentados tiene carácter de declaración jurada, los cuales se detallan a continuación:
1. Copia fedateada del documento que acredita la personería jurídica de la Organización de la Sociedad Civil y mandato vigente de su representante legal, inscrito en el Registro Público correspondiente, expedido con una antigüedad no mayor de 90 días a la fecha de su presentación y/o señalar el número de la Resolución de Registro y Reconocimiento Municipal vigente de la Organización Social, en el que conste la nómina de sus respectivos directivos.
2. Copia simple del documento de identidad del representante legal y del delegado elector.
3. Documento que acredite un mínimo de tres años en la actividad institucional y/o presencia efectiva y de trabajo en el distrito de La Molina.
4. Copia fedateada del Acta de Asamblea en el cual se llevó a cabo la Elección del Delegado Elector Atentamente,
____________________________________
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