4/14/2013

Ordenanza Regional N° 006-2013-GRSM/CR Aprueban la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de San Martín

Aprueban la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de San Martín GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN ORDENANZA REGIONAL N° 006-2013-GRSM/CR Moyobamba, 15 de Marzo del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización
Aprueban la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de San Martín

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
ORDENANZA REGIONAL N° 006-2013-GRSM/CR


Moyobamba, 15 de Marzo del 2013
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización – Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, sus modificatorias – Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica, financiera un pliego presupuestal;

Que, con fecha 04 de enero del 2013, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 29976 – 'Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción', la cual tiene como objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país;

Que, el artículo 9° de la Ley supra, señala que los Gobiernos Regionales y Locales deberán implementar Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción cuya conformación se da en el marco de la presente ley, en lo que fuera aplicable; asimismo la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción realiza el seguimiento de la conformación de las Comisiones Regionales y Locales en coordinación con la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales y la Asociación de Municipalidades del Perú; las funciones de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción se definen en el marco de la Ley N° 29976 y en concordancia con los establecido en la Legislación Nacional;

Que, con fecha 06 de febrero del 2013, en la ciudad de Moyobamba, y al amparo de la norma acotada se creó la Comisión Regional Anticorrupción – CRA/SAN MARTIN, en la cual se dejó sentado que las funciones de la Comisión no reemplazarán ni sustituirán aquellas asignadas a órganos constitucionalmente autónomos, sino que concurren voluntades de instituciones quienes tienen a su cargo la promoción de la ética, la transparencia y la lucha contra la corrupción, comisión que quedó conformada de la siguiente forma:
1 Sr. Walter Francisco Ángeles Bachet Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín PRESIDENTE DE LA
COMISION
2 Sr. Percy Capillo López Procurador Regional Anticorrupción SECRETARIO TECNICO
DE LA COMISION
3 Sr. Edison Vela Vargas Fiscal Decano del Ministerio Público y Presidente de la Junta de Fiscales INTEGRANTES DE LA
COMISION
4 Sr. Eduardo Díaz Acosta Representante del Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales de San Martín 5 Sr. Luis Neira León Presidente del AMRESAM
6 Sr. José Francisco Sandoval Pizarro Gobernador Departamental 7 Sra. Karina Ortiz Torres Directora Regional de Educación de San Martín 8 Sr. Alexander Albán Alencar Presidente de La Cámara de Comercio de San Martín INTEGRANTES DE LA
COMISION
9 Sra. Janeth Álvarez Quispe Representante de la Defensoría del Pueblo 10 Sr. Jhaisinho Valera Vela Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza 11 Sra. Rosa Vargas Casique Decana del Colegio de Abogados 12 Sr. Ronald Capcha Cortez Representante de la Contraloría General de la República 13 Sr. Augusto Christian Nolasco Aguirre Presidente del Consejo Regional de San Martín 14 Sra. Peggy Tuanama Cárdenas Coordinadora Regional de la Red Nacional Anticorrupción de San Martín Que, se elaboró la Matriz Regional de acuerdo a la Matriz del Plan Nacional Anticorrupción para el 2012 – 2016, donde se fijaron como objetivos la eficaz articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción entre otros, y el diagnóstico contra la corrupción, adaptado a la problemática de la Región San Martín y la que será validada luego de un periodo de monitoreo y asesoramiento durante el primer año de su implementación;

Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867
– Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala 'son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional';

Que, mediante Memorando N° 126-2013-GRSM/SG, de fecha 13 de febrero del 2013, la Secretaría General por encargo de la Presidencia del Gobierno Regional de San Martín, solicita la aprobación mediante Ordenanza Regional para la creación de la Comisión Regional Anticorrupción;

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Marzo del 2013, se aprobó por unanimidad derivar la documentación a la Oficina de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, para modificar el Informe Legal N° 276-2013-GRSM/ORAL, de fecha 15 de febrero del 2013, concerniente a la conformación de los integrantes de la Comisión Regional Anticorrupción de San Martín, donde dice representante del Consejo Regional de San Martín Sra. Flor de Belén Angulo Tuesta, debe decir: Presidente del Consejo Regional de San Martín, la misma que fue remitida con Memorando N° 169-2013-GRSM/SCR, a la Oficina Regional de Asesoría Legal para su modificación.

Que, con Informe Legal N° 382-2013-GRSM/ORAL, de fecha 12 de Marzo del 2013, la Oficina Regional de Asesoría Legal, hace llegar la opinión sobre la Conformación de los Integrantes de la Comisión Regional Anticorrupción San Martín, en la cual opina por la procedencia de la rectificación del Informe Legal N° 276-2013-GRSM/ORAL.

Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Oficina Zonal San Martín – Bajo Mayo – Tarapoto, llevada a cabo el día martes 05 de marzo del 2013, aprobó por mayoría la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR la CREACION de la COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCION DE SAN MARTIN, de conformidad con la Ley N° 29976 – 'Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción'.

Artículo Segundo.- La conformación de la Comisión Regional Anticorrupción de San Martín estará integrada por:
1 Sr. Walter Francisco Ángeles Bachet Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín PRESIDENTE DE LA
COMISION
2 Sr. Percy Capillo López Procurador Regional Anticorrupción SECRETARIO TECNICO
DE LA COMISION
3 Sr. Edison Vela Vargas Fiscal Decano del Ministerio Público y Presidente de la Junta de Fiscales INTEGRANTES DE LA
COMISION
4 Sr. Eduardo Díaz Acosta Representante del Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales de San Martín 5 Sr. Luis Neira León Presidente del AMRESAM
6 Sr. José Francisco Sandoval Pizarro Gobernador Departamental 7 Sra. Karina Ortiz Torres Directora Regional de Educación de San Martín 8 Sr. Alexander Albán Alencar Presidente de La Cámara de Comercio de San Martín 9 Sra. Janeth Álvarez Quispe Representante de la Defensoría del Pueblo 10 Sr. Jhaisinho Valera Vela Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza 11 Sra. Rosa Vargas Casique Decana Del Colegio de Abogados 12 Sr. Ronald Capcha Cortez Representante de la Contraloría General de la República 13 Sr. Augusto Christian Nolasco Aguirre Presidente del Consejo Regional de San Martín 14 Sra. Peggy Tuanama Cárdenas Coordinadora Regional de la Red Nacional Anticorrupción de San Martín Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación AUGUSTO CH. NOLASCO AGUIRRE Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce.

POR TANTO:

Mando se publique y se cumpla.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Gobierno Regional de San Martín

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