4/07/2013

Resolución de Consejo Directivo N° 009-2013-SUNASS-CD Proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria

Proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA-Y SRL en el quinquenio 2013 - 2018, y los costos máximos de unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 009-2013-SUNASS-CD Lima, 5 de abril de 2013 VISTO: El Informe N° 011-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia
Proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA-Y SRL en el quinquenio 2013 - 2018, y los costos máximos de unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 009-2013-SUNASS-CD


Lima, 5 de abril de 2013
VISTO:

El Informe N° 011-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta:
i) El Proyecto de Estudio T arifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA-Y SRL en el quinquenio 2013-2018 y ii) La propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por dicha empresa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación Tarifaria N° 010-2009-SUNASS-GRT se dispuso el inicio del procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMAPA-Y SRL;

Que, de acuerdo al informe del visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444- corresponde en esta etapa del procedimiento, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas (1) Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD El Peruano Lima, domingo 7 de abril de 2013 492341 Con la intervención de los señores consejeros Fernando Momiy Hada; Jorge Luis Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo N° -2013- SUNASS-CD Lima, VISTO: El Informe N° 011-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta: i) El Estudio T arifario Final con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMAP A-Y SRL en el quinquenio regulatorio 2013-2018 y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación Tarifaria N° 010-2009-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de servicios colaterales de EMAPA-Y SRL; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas-1 , se ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Oficial 'El Peruano' el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el XX de XX de 2013; y iii) Elaborar el Estudio T arifario Final y el informe de evaluación de la Propuesta Final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública); Que, sobre la base del Informe N° 011-2013-SUNASS-110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EMAPA-Y SRL; y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; El Consejo Directivo en su sesión N° 06-2013 del 25 de marzo de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación por EMAPA-Y SRL, para el próximo quinquenio regulatorio 2013-2018, cuya aplicación se efectuará mediante incrementos tarifarios base e incrementos tarifarios condicionados, de acuerdo con lo especificado a continuación. A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La aplicación de los incrementos tarifarios base está sujeta al cumplimiento de las metas de gestión base contenidas en el Anexo N° 1 acápite A, correspondientes a la inversión financiada con recursos internamente generados, según la siguiente fórmula tarifaria. 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,2600) (1 + ?) T1 = To (1 + 0,2600) (1 + ?) T2 = T1 (1 + 0,1273) (1 + ?) T2 = T1 (1 + 0,0000) (1 + ?) T3 = T2 (1 + 0,0000) (1 + ?) T3 = T2 (1 + 0,0000) (1 + ?) T4 = T3 (1 + 0,0000) (1 + ?) T4 = T3 (1 + 0,0000) (1 + ?) T5 = T4 (1 + 0,0000) (1 + ?) T5 = T4 (1 + 0,0000) (1 + ?) Donde: To:Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1:Tarifa media que corresponde al año 1 T2:Tarifa media que corresponde al año 2 T3:Tarifa media que corresponde al año 3 T4:Tarifa media que corresponde al año 4 T5:Tarifa media que corresponde al año 5 fi: Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS La aplicación de los incrementos tarifarios condicionados estarán sujetos a la entrada en operación del proyecto 'Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y saneamiento en la localidad de Yunguyo', ejecutado y financiado con recursos no reembolsables (donación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento), según los siguientes requisitos: Módulo Requisitos para aplicar las Tarifas Condicionadas Por el Servicio de Agua Potable Por el Servicio de Alcantarillado I Una vez verificada la facturación de los consumos medidos con 561 micromedidores que se encuentran instalados. 8,59% II Una vez verificadas la puesta en operación de las tres cámaras de bombeo de desagüe y la PTAR. 70,0% 70,0% III Una vez verificada la instalación de 1000 conexiones de alcantarillado. 2,7% IV Una vez verificada la instalación de 1500 micromedidores. 19,9% 19,9% Nota.- (*) Los módulos corresponden al proyecto con código SNIP N° 9846 'Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Saneamiento en la Localidad de Yunguyo'. Cabe precisar que los incrementos aprobados en el presente literal son adicionales a los incrementos tarifarios base previstos en el literal A del presente artículo. Por otro lado, cuando culmine el convenio establecido entre la Municipalidad Provincial de Yunguyo y la EPS EMAPA Yunguyo S.R.Ltda
: i) Publicar en la página web y en el diario oficial 'El Peruano', el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales y ii)
Convocar a audiencia pública;

El Consejo Directivo en su sesión N° 06-2013 del 25 de marzo de 2013;

HA RESUELTO:

Artículo 1°.- Disponer la publicación en el diario oficial
'El Peruano' del proyecto de resolución que aprueba: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA-Y SRL en el quinquenio 2013-2018 y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios y su exposición de motivos.

Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notificados a EMAPA-Y SRL Artículo 2°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General señale oportunamente en el aviso de convocatoria, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass. gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia.

Artículo 3°.- Los interesados podrán dirigir sus comentarios sobre el proyecto de resolución a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución, al domicilio de la SUNASS, sito en Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciayunguyo@sunass.gob.pe hasta cinco días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública.

Artículo 4°.- Declarar que los documentos que sustentan la presente resolución son: i) El Estudio Tarifario; y ii) La evaluación de Propuesta Tarifaria de los servicios colaterales, elaborados por la Gerencia de Regulación Tarifaria.
(1) Aprobado media Resolución de Consejo directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. (2) Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Municipalidad Provincial de Yunguyo y la EPS EMAPA Yunguyo S.R.Ltda; aprobado por Acuerdo de Concejo N°010-2013-CM-MPY del 28 de febrero de 2013, con el objeto de garantizar la operatividad de la Planta de Tratamiento de Agua Residual a través de la contratación de profesionales en la materia. PROYECTO El Peruano Lima, domingo 7 de abril de 2013 492342 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a más 0,850 Industrial 0 a más 0,850 Estatal 0 a 50 0,821 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria. c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,177 Doméstico 0 a 8 0,177 8 a más 0,260 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a más 0,270 Industrial 0 a más 0,270 Estatal 0 a más 0,260 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 10 21 41 15 En el estudio tarifario se detallan las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada tipo de categoría. La EPS dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la Fórmula Tarifaria y reajustes de tarifa por efecto de la infiación tomando como base el IPM. Artículo 3°.- Aprobar las Metas de Gestión que deberá cumplir EMAPA-Y SRL en el quinquenio regulatorio 2013-2018, así como los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las Metas de Gestión e incrementos tarifarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 4°.- El inicio del año regulatorio y la aplicación de la Estructura Tarifaria aprobada se considerarán a partir del ciclo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución. Artículo 5°.- Disponer la creación de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por la EPS, el cual sólo podrá ser utilizado para tal fin. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República. Para constituir el referido fondo, EMAPA-Y SRL deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado señalados en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 6°.- Aprobar los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que EMAPA-Y SRL presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 3 de la presente resolución. Artículo 7°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario Oficial 'El Peruano'. Los Anexos N° 1, 2, 3, el Estudio Tarifario Final y el informe sobre el Estudio Tarifario y la propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales se publicarán en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Artículo 8°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial 'El Peruano'. Con la intervención de los señores consejeros Fernando Momiy Hada, Jorge Olivarez Vega y Julio Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EMAPA-Y SRL El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por EMAPA-Y SRL para el quinquenio regulatorio 2013-2018. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N° 2 del Reglamento General de Tarifas , la SUNASS determinará el incremento tarifario requerido para que la EPS pueda afrontar los costos de operación y mantenimiento de la PTAR incluida en el Módulo II.

Artículo 2°.- Aprobar la Estructura Tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2013-2018 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMAPA-Y SRL, conforme al siguiente detalle:

Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.
a. Cargo fijo (S/. /Mes): 0.689. Se reajusta por efecto de la infiación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.
b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,559
Doméstico 0 a 8 0,559
8 a más 0,821 (3) Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. .

Asimismo, se ha evaluado la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales, que serán aplicados por EMAPA-Y SRL Dicha evaluación ha sido elaborada en base a la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa.

II. CONSIDERACIONES LEGALES.-
De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332 (4) Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. , y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
(5) Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM. , la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por las EPS.

Asimismo, el artículo 30 de la Ley N° 26338 (6) Ley General de Servicios de Saneamiento. señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85 del Texto
Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 26338 (7) Aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA. , establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS.

Según la Resolución de Consejo Directivo N° 061-2011-SUNASS-CD las EPS podrán acceder a una Tarifa Básica y/o una Tarifa Condicionada.

III. IMPACTO ESPERADO:

La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMAPA-Y SRL favorece, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la población atendida. A la EPS, debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, que se beneficiará del compromiso de la empresa reflejado en las Metas de Gestión, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

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