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Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 057-2013-SMV/10.2 Disponen inscripción de la 'Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos
4/13/2013
Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 057-2013-SMV/10.2 Disponen inscripción de la 'Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos
Disponen inscripción de la 'Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA' en el Registro Público del Mercado de Valores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES N° 057-2013-SMV/10.2 Lima, 8 de abril de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES VISTOS: El Expediente N° 2012030386 iniciado por Creditítulos Sociedad Titulizadora SA así como el Informe N° 340-2013-SMV/10.2. del 04
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES N° 057-2013-SMV/10.2
Lima, 8 de abril de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
ENTIDADES
VISTOS:
El Expediente N° 2012030386 iniciado por Creditítulos Sociedad Titulizadora SA así como el Informe N° 340-2013-SMV/10.2. del 04 de abril de 2013 de la Intendencia de Supervisión de Entidades de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias, en los fideicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fiduciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fideicometido;
Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 194-2012-SMV/10.2 del 28 de diciembre de 2012, la Superintendencia del Mercado de Valores aprobó el trámite anticipado e inscribió en el Registro Público del Mercado de Valores el 'Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA'
hasta por un monto máximo de emisión de US$ 100 000
000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y dispuso el registro del Prospecto Marco correspondiente al programa;
Que, a través de escrito presentado el 21 de marzo de 2013, complementado el 01 de abril de 2013, Creditítulos Sociedad Titulizadora SA solicitó a esta Intendencia la inscripción de la emisión denominada 'Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados
- TIANA', hasta por un monto máximo de emisión de US$
20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América)ampliable a US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Creditítulos Sociedad Titulizadora SA ha cumplido con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo 861, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10 y, en lo que corresponde, en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 141-1998-EF/94.10 y sus normas complementarias, así como con los requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 091-2012-SMV/02;
Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o registro de prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y del Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el numeral 8 del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF.
RESUELVE:
Artículo 1°.- Inscribir los valores correspondientes a la emisión denominada 'Segunda Emisión del Primer Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA', hasta por un monto máximo de emisión de US$ 20 000
000,00 (veinte millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) ampliable a US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles y disponer el registro del complemento de prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 2°.- La oferta pública de los valores a que se refiere el artículo 1° deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de V alores la documentación e información a que se refiere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
Artículo 3°.- La inscripción y registro a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas de la inversión. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa SA en su calidad de originador y entidad colocadora; a Creditítulos Sociedad Titulizadora SA, en su calidad de fiduciario; al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora; a la Bolsa de Valores de Lima SA; y, a Cavali SA ICLV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MANCO MANCO
Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades Superintendencia del Mercado de Valores
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