4/24/2013

Resolución de Presidencia N° 112-2013-CSJLN/PJ Aprueban Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias

Aprueban Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 112-2013-CSJLN/PJ Independencia, siete de marzo del dos mil trece. VISTA: La Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ del diez de marzo del dos mil once; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2013 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 112-2013-CSJLN/PJ


Independencia, siete de marzo del dos mil trece.

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ del diez de marzo del dos mil once; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley N° 25476 de fecha 05 de mayo de 1992, se estableció la realización de audiencias Públicas Extraordinarias destinadas a tratar aspectos relacionados con la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia.

Que, el artículo 2° del citado Decreto Ley establece que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobaran un cronograma de realización trimestral de Audiencias Extraordinarias a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.

Que, asimismo, el artículo 5° del mencionado Decreto Ley establece que la Corte Suprema de Justicia de la República dictará las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento del citado dispositivo legal.

Que, la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial 'El Peruano' con fecha 18 de marzo del 2011, aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, por el cual se establecen las normas extraordinarias previstas en el artículo 367° del Código de Procedimientos Penales, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto Ley N° 25476.

Que, estando a lo señalado, resulta necesario aprobar el cronograma de realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuaran la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2013.

Que, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento del Artículo 2° del Decreto Ley 25476.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS que efectuaran la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el presente año judicial 2013 que a continuación se detallan:

PRIMER TRIMESTRE:

Fechas: 17 y 18 de abril SEGUNDO TRIMESTRE:

Fechas: 19 y 20 de junio TERCER TRIMESTRE:

Fechas: 12 y 13 de septiembre CUARTO TRIMESTRE:

Fechas: 3 y 4 de diciembre Artículo Segundo.- DISPONER que la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, cumplan con efectuar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artículo precedente, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.

Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales respectivas, los informes solicitados sobre los procesos ordinarios y sumarios a que se refiere el artículo 3° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.

Artículo Cuarto.- PONGASE la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Poder Judicial de Lima Norte, de los Presidentes de la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, del Gerente de Administración Distrital, de la Oficina de Imagen Institucional, de los Jueces Superiores y Jueces Especializados en materia Penal de este distrito Judicial, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y regístrese.

DANTE TERREL CRISPIN
Presidente

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.