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Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
Resolución de Superintendencia N° 118-2013/SUNAT Autorizan viaje a España de trabajadoras de la SUNAT, en comisión de servicios
4/11/2013
Resolución de Superintendencia N° 118-2013/SUNAT Autorizan viaje a España de trabajadoras de la SUNAT, en comisión de servicios
Autorizan viaje a España de trabajadoras de la SUNAT, en comisión de servicios SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 118-2013/SUNAT Lima, 9 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio N° 069-2013-EF/15.01 de fecha 20 de febrero de 2013, la Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 118-2013/SUNAT
Lima, 9 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio N° 069-2013-EF/15.01 de fecha 20 de febrero de 2013, la Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en la segunda ronda de negociaciones para la suscripción de un Convenio para Evitar la Doble Imposición Tributaria y Prevenir la Evasión Fiscal entre Perú y el Reino de España, que se llevará a cabo en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 23 al 25 de abril de 2013;
Que el citado evento tiene por finalidad que los Estados acuerden reglas de atribución de potestad tributaria con relación al Impuesto a la Renta, a fin de evitar que una misma ganancia pueda resultar gravada por más de un Estado;
asimismo, establecer entre ambos Estados, mecanismos de colaboración e intercambio de información entre sus respectivas administraciones tributarias a fin de fortalecer sus labores de fiscalización y enfrentar la evasión fiscal, y por último, consolidar bilateralmente un marco normativo predecible y seguro, generando un ambiente más favorable para los inversionistas;
Que en esta segunda ronda de negociaciones, se discutirán entre otros temas, los relacionados al plazo de duración para que un proyecto de construcción o la prestación de servicios constituya establecimiento permanente, la imposición sobre las actividades de seguros, la tasa de retención aplicable a dividendos, intereses y regalías y la tasa de retención a las ganancias de capital por enajenación de acciones;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, mediante Memoranda N°s. 255-2013-SUNAT/4B0000 y 064-2013-SUNAT/200000, ambos del 1° de abril de 2013, la Intendencia Nacional Jurídica y la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, respectivamente, designaron a las trabajadoras María del Rosario Egúsquiza Paredes, Profesional III de la Gerencia de Normas Tributarias de la Intendencia Nacional Jurídica, e Irving Ojeda Álvarez, Profesional II de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, como representantes de la SUNAT para que participen en el mencionado evento;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de las trabajadoras María del Rosario Egúsquiza Paredes e Irving Ojeda Álvarez del 21 al 26 de abril de 2013, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s.
27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las trabajadoras María del Rosario Egúsquiza Paredes, Profesional III de la Gerencia de Normas Tributarias de la Intendencia Nacional Jurídica, e Irving Ojeda Álvarez, Profesional II de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario del 21 al 26 de abril de 2013, para que participen en la segunda ronda de negociaciones para la suscripción de un Convenio para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal, entre Perú y el Reino de España, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Señora María del Rosario Egúsquiza Paredes Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 780,90
Viáticos US$ 1 300,00
Señorita Irving Ojeda Álvarez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 1 780,90
Viáticos US$ 1 300,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las citadas trabajadoras deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de las trabajadoras cuyos viajes se autorizan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
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