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Resolución de Superintendente N° 013-2013-SMV/02 Autorizan a BCP Capital Financial Services SA para actuar como entidad
4/17/2013
Resolución de Superintendente N° 013-2013-SMV/02 Autorizan a BCP Capital Financial Services SA para actuar como entidad
Autorizan a BCP Capital Financial Services SA para actuar como entidad estructuradora en el mercado de valores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 013-2013-SMV/02 Lima, 24 de enero de 2013 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2013001476 y el Memorándum N° 261-2013-SMV/11, del 23 de enero de 2013, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que,
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 013-2013-SMV/02
Lima, 24 de enero de 2013
LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTOS:
El Expediente N° 2013001476 y el Memorándum N° 261-2013-SMV/11, del 23 de enero de 2013, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV N° 027-2007-EF/94.10, se estableció que se encuentran facultadas para actuar como entidades estructuradoras, entre otras, aquellas personas jurídicas constituidas en el país que obtengan autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores- SMV, para realizar dicha actividad;
Que, por escrito del 14 de enero de 2013, BCP Capital Financial Services SA solicitó autorización para actuar como entidad estructuradora en el mercado de valores. Para tal fin, presentó la documentación relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 1° de la Resolución CONASEV N° 027-2007-EF/94.10, la cual fue completada el 22 de enero de 2013;
Que, con Oficio N° 290-2013-SMV/11.1 del 17 de enero de 2013, se dispuso realizar una visita de inspección a BCP Capital Financial Services SA, con la finalidad de constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Resolución señalada anteriormente;
Que, del análisis y verificación de la documentación presentada por BCP Capital Financial Services SA para obtener la autorización solicitada, se ha determinado que dicha sociedad ha cumplido con los requisitos a los que se refiere el artículo 1° de la Resolución CONASEV N° 027-2007-EF/94.10;
Que, el artículo 2°, numeral 1, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución CONASEV N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a las autorizaciones emitidas por esta Superintendencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 3°, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, así como por el artículo 12°, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF;
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar a BCP Capital Financial Services SA para actuar como entidad estructuradora en el mercado de valores.
Artículo 2°.- Disponer la difusión de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www. smv.gob.pe).
Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución a BCP Capital Financial Services SA Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores
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