4/30/2013

Resolución Directoral 0012-2013-AG-SENASA-DSV Aprueban el 'Procedimiento para Autorización de importación de madera aserrada

Aprueban el 'Procedimiento para Autorización de importación de madera aserrada y/o de kits madera tratadas para embalaje a ser fabricados y/o ensamblados en el Perú' AGRICULTURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0012-2013-AG-SENASA-DSV 19 de abril de 2013 VISTO: El Informe-0001-2013-AG-SENASA-DSV-SCV-GMOSTAJO del 14 de enero de 2013, el cual propone establecer los requisitos fitosanitarios para la importación de kits de madera tratada según la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias - NIMF N°
Aprueban el 'Procedimiento para Autorización de importación de madera aserrada y/o de kits madera tratadas para embalaje a ser fabricados y/o ensamblados en el Perú'

AGRICULTURA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0012-2013-AG-SENASA-DSV


19 de abril de 2013
VISTO:

El Informe-0001-2013-AG-SENASA-DSV-SCV-GMOSTAJO del 14 de enero de 2013, el cual propone establecer los requisitos fitosanitarios para la importación de kits de madera tratada según la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias - NIMF N° 15, a ser ensamblados en el Perú y destinados al comercio internacional, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, faculta a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria para dictar las normas, disposiciones, directivas y medidas que sean necesarias para completar, especificar o precisar el contenido normativo de la referida Ley, su Reglamento o disposiciones complementarias, o que se requieran para su mejor aplicación.

Que, el artículo 1° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, señala que tiene por objeto establecer normas y procedimientos para la aplicación y cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1059 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria;

Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente;

Que, el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorías de riesgo fitosanitario, donde están agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente;

Que, mediante la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias –NIMF N° 15, se establecieron las Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional;

Mediante Resolución Directoral N° 105-2005-AG-SENASA-DGSV se aprueba el Manual de Procedimientos Fitosanitarios para el ingreso y salida del país del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional.

Que, debido a la alta demanda de embalajes de madera para el comercio internacional por parte de las empresas exportadoras del Perú, las empresas nacionales dedicadas al rubro de la madera y fabricación de embalajes, solicitan al SENASA la importación de madera tratada para la fabricación y/o ensamblado de embalajes para el comercio internacional;

Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Resolución Directoral N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV, Resolución Directoral N° 105-2005-AG-SENASA-DGSV y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese el 'Procedimiento para Autorización de importación de madera aserrada y/o de kits madera tratadas para embalaje a ser fabricados y/o ensamblados en el Perú', el mismo que será publicado en el portal institucional del SENASA ( www.senasa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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