4/14/2013

Resolución Jefatural N° 069-2013-INDECI Aprueban Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector

Aprueban Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de Unidad Ejecutora, para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIPE) INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 069-2013-INDECI 27 de marzo de 2013 VISTO: El Decreto Supremo N° 054-2013-EF, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final (SDCF) de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero
Aprueban Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de Unidad Ejecutora, para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIPE)

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 069-2013-INDECI


27 de marzo de 2013
VISTO: El Decreto Supremo N° 054-2013-EF, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final (SDCF) de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que en la Reserva de Contingencia (RC) se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico-científico competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente;

Que, asimismo la mencionada Disposición exceptúa de la declaración de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de Dirección General de Política de Inversiones, para aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los proyectos de inversión pública de emergencia, ante la presencia de desastres de gran magnitud, como requisito previo para su ejecución;

Que, mediante RD N° 011-2012-EF/63.01, se aprobó la Directiva N° 004-2012-EF/63.01-'Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la SDCF'. Asimismo, con RD N° 012-2012-EF/63.01, se aprobó la Directiva N° 005-2012-EF/63.01-'Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud';

Que, según el art. 10° de la Directiva N° 004-2012-EF-63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia (AE), evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIPE), que son presentados a la DGPI, y de corresponder, son declarados elegibles por dicha Dirección General;

Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, dispuso que la aprobación de los PIPE, ante la presencia de desastres de gran magnitud, se otorgará únicamente con la declaración de elegibilidad que otorga la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, previo cumplimiento del procedimiento simplificado a que se refiere el segundo párrafo de la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley;

Que, en el marco de lo dispuesto en la SDCF de la Ley N° 29952, mediante el DS N° 054-2013-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 665 902.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios;

Que, de conformidad con la redacción actual del art.
75° de la Ley N° 28411, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego;

Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A;

De conformidad con la Ley N° 29952, Ley N° 28411 y sus normas modificatorias, y las Directivas N° 004-2012-EF/63.01 y N° 005-2012-EF/63.01;

Con la visación de la Sub Jefatura, de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto,
Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales;

En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos N°s. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo.- 1°.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución la Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 665 902.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la RC transferidos al INDECI mediante el DS N° 054-2013-EF, a favor de la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A para la ejecución del PIPE, que forma parte integrante de la presente Resolución.

El monto total transferido a la Unidad Ejecutora conforme aparece en el Anexo A, debe ser respetado en la etapa de ejecución.

Artículo 2°.- La Unidad Ejecutora reportará mensualmente al INDECI los avances hasta la culminación del PIPE. La Unidad Ejecutora beneficiada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en las Directivas N° 004-2012-EF/63.01 y N° 005-2012-EF/63.01, para la ejecución de los PIPE declarados elegibles por la DGPI, bajo responsabilidad.

Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Art. 1° de la presente Resolución; a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas físicas y financieras materia de la presente Resolución;
a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial; y encargar a la Oficina de Estadística y Telemática la publicación en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe), del Anexo A
referido a la ejecución del PIPE, el mismo día de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

Artículo 4°.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoría Jurídica, de Planificación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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