4/17/2013

Resolución Ministerial N° 0126-2013-AG Modifican R.M. N° 0450-2012-AG mediante la cual se aprobó el Calendario

Modifican R.M. N° 0450-2012-AG mediante la cual se aprobó el Calendario de caza comercial de especies no amenazadas de diversos invertebrados terrestres AGRICULTURA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0126-2013-AG Lima, 12 de abril de 2013 VISTO: El Memorándum N° 325-2013-AG-DGFFS (DGEFFS), de fecha 13 de febrero de 2013, emitido por la Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, del Ministerio de Agricultura, solicitando la modificación del artículo 9 de la Resolución Ministerial
Modifican R.M. N° 0450-2012-AG mediante la cual se aprobó el Calendario de caza comercial de especies no amenazadas de diversos invertebrados terrestres

AGRICULTURA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0126-2013-AG


Lima, 12 de abril de 2013
VISTO:

El Memorándum N° 325-2013-AG-DGFFS (DGEFFS), de fecha 13 de febrero de 2013, emitido por la Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, del Ministerio de Agricultura, solicitando la modificación del artículo 9 de la Resolución Ministerial N° 0450-2012-AG; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial N° 0450-2012-AG, se aprobó, el 'Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el período 2012-2013';

Que, el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial, dispuso que 'Los saldos de las Guías de Transporte de Fauna Silvestre correspondiente al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda,
Chilopoda y Gastropoda, para el periodo 2009-2010, no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fines comerciales';

Que, la Directora (e) de la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la DGFFS, mediante el Informe Técnico N° 0156-2013-AG-DGFFS-DGEFFS, solicita y sustenta la modificación de la Resolución Ministerial N° 0450-2012-AG, en el extremo referido a que los periodos anteriores al calendario de caza del 2009-2010, son los que no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fines comerciales;

Que, en consecuencia, es necesario modificar el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifícase el artículo 9 de la Resolución Ministerial N° 0450-2012-AG, el cual quedará redactado con el texto siguiente:
'Artículo 9.- Los saldos de las Guías de Transporte de Fauna Silvestre correspondientes a calendarios anteriores al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados T errestres de las Clases Insecta, Arachnida,
Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda del periodo 2009-2010, no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fines comerciales'.

Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, al Ministerio Público, a las Direcciones de Turismo y Protección del Medio Ambiente, y de Protección de Carreteras, ambas pertenecientes a la Policía Nacional del Perú – Ministerio del Interior, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, a las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y a los respectivos Gobiernos Regionales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura

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