4/16/2013

Resolución Ministerial N° 0173-2013-ED Aprueban la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas 2013 de las Políticas

Aprueban la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas 2013 de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, correspondiente al Sector Educación EDUCACION RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0173-2013-ED Lima, 15 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los fines de la educación peruana el formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa,
Aprueban la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas 2013 de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, correspondiente al Sector Educación

EDUCACION
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0173-2013-ED


Lima, 15 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los fines de la educación peruana el formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios de la sociedad y el conocimiento;

Que, asimismo, el artículo 79 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, se entiende por política nacional, a toda norma que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el propósito de definir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de política pública, así como los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades privadas;

Que, asimismo, el referido Decreto Supremo, establece que todas las Políticas Nacionales son de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, los cuales deben publicar los Indicadores de Desempeño así como las metas concretas para evaluar las Políticas Nacionales; motivo por el cual, resulta necesario priorizar las políticas que el Gobierno Nacional se ha trazado para el quinquenio;

Que, con Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012 – 2016, desde un enfoque participativo protagonizado por los órganos de línea del Ministerio de Educación y los organismos públicos desconcentrados que conformar el Sector;

Que, según el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, la Secretaría de Planificación Estratégica es responsable de coordinar, integrar, formular, monitorear y evaluar la política, objetivos y estrategias del Sector Educación;
teniendo entre otras funciones, proponer a la Alta Dirección la política, objetivos y estrategias sectoriales, en coordinación con los órganos y entidades del Sector Educación;

Que, en este escenario, la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación ha propuesto mediante el Oficio N° 083-2013-MINEDU/SPE, la aprobación de la Matriz de Indicadores y Metas 2013 de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, correspondientes al Sector Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 28044,
Ley General de Educación; en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; y en el Decreto Supremo N° 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas 2013 de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, correspondiente al Sector Educación, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Disponer que la Secretaría de Planificación Estratégica, a través de la Oficina de Planificación El Peruano Martes 16 de abril de 2013
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Estratégica y Medición de la Calidad Educativa, sea responsable del seguimiento, evaluación y difusión de la Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas 2013 de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, correspondiente al Sector Educación.

Artículo 3°.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la presente Resolución Ministerial así como el documento que ésta aprueba, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe/normatividad/).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación MATRIZ DE INDICADORES DE DESEMPEÑO Y METAS 2013 DE LAS POLÍTICAS NACIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO - D.S. N° 027-2007-PCM TEMÁTICA Y SUPERVISIÓN POLÍTICAS NACIONALES INDICADORES PRIORIZADOS UNIDAD DE MEDIDA METAS
2013
RESPONSABLE
1.DESCENTRALIZACIÓN
(Supervisa PCM).
1.2 Delimitar con precisión las funciones, competencias y esquemas adecuados de coordinación entre los niveles de gobierno, con el fin de determinar la responsabilidad administrativa y funcional en la provisión de servicios, que redunden en el fortalecimiento administrativo y financiero de los gobiernos regionales y locales.

Matriz de delimitación de competencias y funciones del Sector Educación en los tres niveles de gobierno aprobada Documento aprobado 1 OCR
2.IGUALDAD DE HOMBRES Y
MUJERES
(Supervisa MIMP)
2.1. Promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las políticas públicas, planes nacionales y prácticas del Estado, así como en la contratación de servidores públicos y el acceso a los cargos directivos Tasa de analfabetismo femenino Porcentaje 9.8% DIGEBA
3.JUVENTUD
(Supervisa MINEDU, a través de la Secretaría Nacional de la Juventud)
3.4. Fomentar el acceso universal a la educación con estándares adecuados de calidad, que promuevan capacidades críticas, la formación profesional y técnica descentralizada vinculada a las potencialidades económicas regionales y locales, así como al acceso y promoción del uso de nuevas tecnologías y comunicación.

Número de estudiantes que acceden a instituciones de educación superior mediante programa de becas integrales Número 10,000(*) PRONABEC
4.PUEBLOS ANDINOS,
AMAZÓNICOS,
AFROPERUANOS Y
ASIÁTICOPERUANOS
(Supervisa MC)
4.1. Coadyuvar en la implementación de programas y proyectos de alcance nacional y de políticas sectoriales para el desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Amazónicos,
Afroperuanos y Asiáticoperuanos.

Porcentaje de estudiantes de Primaria que tienen como lengua materna el quechua, aymara o lenguas amazónicas, reciben educación intercultural bilingüe Porcentaje 20% (*) DIGEIBIR
5.PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
(Supervisa MIMP)
5.3. Erradicar toda forma de discriminación en contra de las personas con discapacidad.

Porcentaje de niñas, niños y jóvenes con discapacidad, de 0 a 20 años, reciben atención educativa en regiones priorizadas (Lima metropolitana, Callao,
Ica, Ayacucho y Tumbes)
Porcentaje 5.3% (*) DIGEBE
6.INCLUSIÓN
(Supervisa PCM)
6.1. Promover la inclusión económica, social, política y cultural de los grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados de la sociedad por motivos económicos, raciales, culturales o de ubicación geográfica, principalmente ubicados en el ámbito rural y/o organizados en comunidades campesinas y nativas. Cada Ministerio e Institución del Gobierno Nacional destinará obligatoriamente una parte de sus actividades y presupuesto para realizar obras y acciones a favor de los grupos sociales excluidos.

Paridad en la Tasa de conclusión de educación secundaria en áreas rurales en el grupo de edades de 17 a 19 años
Índice de paridad 0.64 DIGEIBIR
7.EXTENSIÓN
TECNOLÓGICA,
MEDIO AMBIENTE Y
COMPETITIVIDAD
(Supervisa PCM, a través de CONCYTEC)
7.8 Implementar las medidas de prevención de riesgos y daños ambientales que sean necesarias Número de eventos para la implementación del enfoque ambiental y de la prevención del riesgo del desastre Número 400 DIECA
8.AUMENTO DE
CAPACIDADES SOCIALES
(Supervisa PCM)
8.1. Apoyar las estrategias nacionales, regionales y locales de lucha contra la pobreza y seguridad alimentaria, así como los Planes Nacionales Sectoriales para ser articulados con los planes de desarrollo comunitario, local y regional Porcentaje de regiones que formulan sus planes de educación de mediano plazo Porcentaje 80% SPE – UPRO
9.EMPLEO Y MYPE
(Supervisa MINTRA)
9.1. Desarrollar políticas enfocadas en la generación de empleo digno Población económicamente activa que cuenta con educación superior Porcentaje 26.2% DIGESUTP
10.SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
(Supervisa PCM)
10.5. Promover el uso intensivo de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) en las distintas entidades públicas.

Porcentaje de Instituciones Educativas públicas de Educación Básica Regular en el SIAGIE con registro validado por la UGEL Porcentaje 70% OFIN
11.POLÍTICA
ANTICORRUPCIÓN
(Supervisa PCM)
11.2. Garantizar la transparencia y la rendición de cuentas Porcentaje de Direcciones Regionales de Educación que difunde su información en función a la Ley de transparencia Porcentaje 100% OET El Peruano Martes 16 de abril de 2013
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Designan Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0174-2013-ED Lima, 15 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0022-2013-ED, se encargó al señor Severo Leonidas Cuba Marmanillo, las funciones de Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo;

Que, se ha visto por conveniente designar al Director de la Dirección de Evaluación Docente;

De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012- ED;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor SEVERO LEONIDAS CUBA MARMANILLO, como Director de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; dándose por concluido el encargo de funciones efectuado mediante Resolución Ministerial N° 0022-2013-ED.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación

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