4/08/2013

Resolución Ministerial N° 071-2013-MINCETUR/DM Autorizan viaje a Suiza de representantes del Ministerio, en comisión de

Autorizan viaje a Suiza de representantes del Ministerio, en comisión de servicios COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2013-MINCETUR/DM Lima, 15 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio - AELC, se ha establecido un Comité Conjunto a fin de supervisar el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones de dicho Acuerdo; Que, en la ciudad de Ginebra,
Autorizan viaje a Suiza de representantes del Ministerio, en comisión de servicios

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2013-MINCETUR/DM


Lima, 15 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio - AELC, se ha establecido un Comité Conjunto a fin de supervisar el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones de dicho Acuerdo;

Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, los días 16 y 17 de abril de 2013 se llevará a cabo la Primera Reunión del Comité Conjunto, durante la cual se realizará una evaluación del impacto del Acuerdo y los beneficios percibidos hasta el momento, lo que permitirá la discusión de diversos temas, entre otros, comercio de mercancías, obstáculos técnicos al comercio, medidas sanitarias y fitosanitarias, reglas de origen, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, propiedad intelectual, comercio de servicios, solución de controversias, así como de aquellos aspectos que pudieran estar dificultando el comercio entre las Partes;

Que, el MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo;
responsable en materia de negociaciones internacionales y de integración;

Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje de un grupo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en el evento antes mencionado;

Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Ginebra,
Confederación Suiza, del 14 al 19 de abril de 2013, de los señores: Diego Alonso Urbina Fletcher, Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Angela Rossina Guerra Sifuentes,
Lourdes Loayza Bellido y Teresa Stella Mera Gómez, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la Primera Reunión del Comité Conjunto del Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio - AELC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 2 052,86 x 5 personas) : US$ 10 264,30
Viáticos (US$ 260,00 x 4 días x 5 personas) : US$ 5 200,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.