4/17/2013

Resolución Ministerial N° 093-2013-MINCETUR/DM Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EEUU, en comisión

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EEUU, en comisión de servicios COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 093-2013-MINCETUR/DM Lima, 8 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 21 al 24 de abril de 2013, se llevará a cabo una Reunión Intersesional en el marco del Acuerdo de Asociación Transpacífico - TPP, que tiene por objeto continuar con los trabajos del grupo de negociación de Reglas de Origen, iniciados
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EEUU, en comisión de servicios

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 093-2013-MINCETUR/DM


Lima, 8 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 21 al 24 de abril de 2013, se llevará a cabo una Reunión Intersesional en el marco del Acuerdo de Asociación Transpacífico - TPP, que tiene por objeto continuar con los trabajos del grupo de negociación de Reglas de Origen, iniciados durante la I Ronda de negociaciones de dicho Acuerdo, realizada en Australia;

Que, es importante la participación de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en dicho evento, a fin de introducir asuntos de interés del Perú, así como mejoras en los acuerdos existentes con algunos de los países integrantes de la TPP, tales como Estados Unidos de América, Chile, Singapur, México y Canadá;

Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje de las señoritas Daisy Jennifer Olórtegui Marky y Lorena Cecilia Urbina Mazzini, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada;

Que, el MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo;
responsable en materia de integración y negociaciones comerciales internacionales;

Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje de Daisy Jennifer Olórtegui Marky y Lorena Cecilia Urbina Mazzini,
El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013
493017 profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de San Francisco,
Estados Unidos de América, del 19 al 25 de abril de 2013, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la Reunión Intersesional de Reglas de Origen del Acuerdo de Asociación Transpacífico, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 1 350,18 x 2 personas) : US$ 2 700,36
Viáticos (US$ 220,00 x 05 días x 2 personas) : US$ 2 200,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá;
asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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