4/20/2013

Resolución Ministerial N° 106 -2013-MINCETUR/DM Instituyen el 'Día del Caballo Peruano de Paso'

Instituyen el 'Día del Caballo Peruano de Paso' COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106 -2013-MINCETUR/DM Lima, 19 de abril de 2013 Visto, el Oficio N° 001-2013-PROMPERU/COPROBA, de la Comisión Nacional de Productos Bandera -COPROBA. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2004-MINCETUR, se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la identidad
Instituyen el 'Día del Caballo Peruano de Paso'

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106 -2013-MINCETUR/DM


Lima, 19 de abril de 2013
Visto, el Oficio N° 001-2013-PROMPERU/COPROBA, de la Comisión Nacional de Productos Bandera -COPROBA.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2004-MINCETUR, se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país;

Que, el caballo peruano de paso, es un ejemplar reconocido mundialmente por sus características singulares y especiales, motivo por el cual, mediante Decreto Ley N° 25919, se declaró al Caballo de Paso Peruano como Raza Caballar propia del Perú;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 381-2012-MINCETUR/DM, se declaró al Caballo Peruano de Paso, como un Producto Bandera, por tratarse de un producto de reconocida calidad, preferido por el mercado externo, y de notable desarrollo en su producción y gestión en el Perú;

Que, el Caballo Peruano de Paso a lo largo de los años, se ha constituido en un símbolo de elegancia, belleza y suavidad, que lo distingue de otras razas, toda vez que rescata lo más selecto de los caballos que llegaron al Perú, lo que lo ha hecho capaz de danzar al son de los bailes del Perú, motivo por el cual mediante Resolución Ministerial N° 172-95-ITINCI/DM, se declaró el mes de abril de cada año como el Mes del Caballo Peruano de paso;

Que, en tal sentido, recogiendo las solicitudes e iniciativas de los productores y gremios, y a propuesta de la COPROBA, se ha visto por conveniente, instituir a nivel nacional, dentro del mes de abril el 'Día del Caballo Peruano de Paso', el mismo que debe celebrarse el tercer domingo del mes de abril de cada año, como un reconocimiento especial a esta prestigiosa raza caballar;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Instituir, a nivel nacional, el 'Día del Caballo Peruano de Paso', cuya celebración se desarrollará el tercer domingo del mes de abril de cada año.

Artículo 2°.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorga derecho de exoneración tributaria de ninguna clase ni denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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