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Resolución Ministerial N° 179-2013/MINSA Aprueban 'Directiva Sanitaria para la Notificación de Casos en la Vigilancia
4/11/2013
Resolución Ministerial N° 179-2013/MINSA Aprueban 'Directiva Sanitaria para la Notificación de Casos en la Vigilancia
Aprueban 'Directiva Sanitaria para la Notificación de Casos en la Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis' SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2013/MINSA Lima, 9 de abril del 2013 Visto el Expediente N° 12-090566-002, que contiene el Memorando N° 327-2013-DGE-DVE-DSVSP/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos 76°, 78°, 83° y 85° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la autoridad de salud de
SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2013/MINSA
Lima, 9 de abril del 2013
Visto el Expediente N° 12-090566-002, que contiene el Memorando N° 327-2013-DGE-DVE-DSVSP/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 76°, 78°, 83° y 85° de la Ley N° 26842,
Ley General de Salud, establecen que la autoridad de salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes; siendo también responsable de la Vigilancia y el Control Sanitario de las fronteras, así como, de todos los puertos marítimos, aéreos, fiuviales, lacustres o terrestres en el territorio nacional, debiendo los servicios de sanidad internacional regirse por las disposiciones de ésta Ley, sus reglamentos y las normas técnicas que dicte la autoridad de salud de nivel nacional, así como, por los tratados y convenios internacionales en los que el Perú es parte, determinando las enfermedades transmisibles de declaración y notificación obligatoria;
Que, el literal a) del artículo 17° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que la Oficina General de Epidemiología, ahora Dirección General de Epidemiología es el órgano a cargo del diseño, asesoramiento y evaluación del Sistema de Vigilancia Epidemiológica y del Proceso de Prevención y Control de Epidemias y Desastres en el Sector Salud;
Que, el artículo 57° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Epidemiología es el órgano responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública y del análisis de la situación de salud del Perú;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01 Directiva Sanitaria de Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, con la finalidad de contribuir a la prevención, control, eliminación o erradicación de las enfermedades y eventos de importancia para la salud pública, establece la notificación de enfermedades y eventos sujetos a vigilancia epidemiológica en salud pública;
Que, de acuerdo al Anexo N° 1 'Listado de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en el Perú por Tipo y Periodicidad de Notificación' de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, aprobada con Resolución Ministerial N° 506-2012/MINSA y modificada por Resolución Ministerial N° 948-2012/MINSA, establece que la Tuberculosis es una enfermedad sujeta a vigilancia epidemiológica;
Que, la Dirección General de Epidemiología ha elaborado el Proyecto de Directiva Sanitaria para la Notificación de Casos en la Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis, la cual tiene como finalidad contribuir con la generación de información epidemiológica que permita orientar la toma de decisiones para la prevención y control de la Tuberculosis;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657 – Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 053 -MINSA/DGE-V.01, 'Directiva Sanitaria para la Notificación de Casos en la Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis', que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Epidemiología la difusión y seguimiento en el ámbito nacional para la aplicación y cumplimiento de la citada Directiva Sanitaria.
Artículo 3°.- Las Direcciones Regionales de Salud o Direcciones de Salud o quién haga sus veces en el ámbito regional son los responsables de la difusión, implementación, supervisión y aplicación de la presente Directiva Sanitaria, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portal/transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministro de Salud
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