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Resolución N° 0283-2013-ANR Declaran, en vía de regularización, que la Universidad Privada del Norte
4/15/2013
Resolución N° 0283-2013-ANR Declaran, en vía de regularización, que la Universidad Privada del Norte
Declaran, en vía de regularización, que la Universidad Privada del Norte ha cumplido con disposiciones establecidas en Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado con sede en la ciudad de Trujillo y filiales de Lima y Cajamarca COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 0283-2013-ANR Lima, 26 de febrero de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N° 50,
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 0283-2013-ANR
Lima, 26 de febrero de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
Los oficios N° 50, 51, 52, 67 y 89-2012-UPN-SAC, de fechas 10 de junio, 10 de setiembre y 27 de noviembre de 2012; informes N° 258-2012-DGDAC, de fecha 18 de octubre de 2012; N° 019-2013-DGDAC, de fecha 06 de febrero de 2013; memorando N° 0167-2013-SE, de fecha 18 de febrero de 2013, y;
CONSIDERANDO
Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, el mismo que en su inciso e) dispone coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos;
Que, por Ley N° 26275, de fecha 05 de noviembre de 1993, se crea la Universidad Privada del Norte, como persona jurídica de derecho privado con sede en la ciudad de Trujillo capital del departamento de La Libertad, ofreciendo inicialmente las siguientes facultades y carreras universitarias: a) Facultad de Ciencias de la Computación e Informática, con las carreras profesionales de: Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Electrónica; b) Facultad de Ciencias e Ingeniería, con las carreras profesionales de:
Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica, e Ingeniería Industrial; c) Facultad de Ciencias Administrativas y Contables, con las carreras profesionales de:
Administración, y Contabilidad; d) Facultad de Ciencias de la Comunicación, con las carreras profesionales de:
Periodismo, Relaciones Públicas, y Publicidad; y e)
Facultad de Arquitectura, con la carrera profesional de:
Arquitectura;
Que, la Asamblea Nacional de Rectores emitió
Resolución N° 656-2000-ANR, de fecha 22 de noviembre del 2000, que declaró finalizada la evaluación de la Universidad Privada del Norte y que dicha institución se encuentra en condiciones de constituir sus autoridades de gobierno de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Supremo N° 001-98-ED, la Tercer Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882 y la Ley Universitaria N° 23733;
Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) mediante Resolución N° 220-2005-CONAFU, de fecha 07 de diciembre de 2005, autorizó a la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, el funcionamiento de la Filial Universitaria en la ciudad de Lima con las siguientes carreras profesionales: Administración,
Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Arquitectura, y Ciencias de la Comunicación; y a través de la Resolución N° 209-2006-CONAFU, de fecha 13 de julio de 2006, ratifica la autorización de funcionamiento de la Filial Cajamarca, otorgada a la citada casa superior de estudios, por Resolución N° 313-2004-ANR, de fecha 21 de mayo de 2004, con las siguientes carreras profesionales: 1)
Administración, 2) Ingeniería de Sistemas, 3) Ingeniería Industrial, 4) Ciencias de la Comunicación, y 5) Derecho, dentro del marco que establece la Ley N° 23733, la Ley N° 28564 y la Ley N° 28740;
Que, mediante Resolución N° 1064-2010-ANR, de fecha 27 de octubre de 2010, la Asamblea Nacional de Rectores resuelve declarar que la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la nueva estructura académica de sus facultades y carreras profesionales, de acuerdo al siguiente detalle: Facultad de Ingeniería y Arquitectura, conformada por las siguientes carreras profesionales: Arquitectura, Ingeniería de Sistemas,
Ingeniería Industrial, Ingeniería Civil, Arquitectura y Diseño de Interiores, Ingeniería Mecatrónica,
Ingeniería Industrial, Ingeniería de Minas; Facultad de Humanidades, conformada por las siguientes carreras profesionales: Ciencias de la Comunicación, y Psicología; Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, conformada por la carrera profesional de: Derecho y Ciencias Políticas; y Facultad de Estudios de la Empresas, conformada por las siguientes carreras profesionales: Administración, Administración y El Peruano Lunes 15 de abril de 2013
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Negocios Internacionales, Administración y Servicios Turísticos, Administración y Marketing, y Contabilidad y Finanzas;
Que, mediante los oficios de vistos, el Rector de la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de pregrado que se han creado por Resolución Rectoral N° 16-2011-UPN-SAC, de fecha 18 de octubre de 2011, en la citada casa superior de estudios, así como, en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca;
I. EN LA CIUDAD DE TRUJILLO:
1. Facultad de Negocios, con la carrera profesional de:
- Administración y Gestión Comercial 2. Facultad de Ingeniería, con la carrera profesional de:
- Ingeniería de Sistemas Computacionales 3. Facultad de Arquitectura y Diseño, con las carreras profesionales de:
- Arquitectura y Urbanismo
- Arquitectura y Gerencia de Proyectos II. EN LA CIUDAD DE LIMA:
1. Facultad de Negocios, con las carreras profesionales de:
- Administración y Negocios Internacionales
- Administración y Marketing
- Administración y Servicios Turísticos
- Administración y Gestión Comercial
- Contabilidad y Finanzas 2. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, con la carrera profesional de:
- Derecho y Ciencias Políticas 3. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional de:
- Psicología 4. Facultad de Ingeniería, con las carreras profesionales de:
- Ingeniería Civil
- Ingeniería de Sistemas Computacionales
- Ingeniería Mecatrónica 5. Facultad de Arquitectura y Diseño, con las carreras profesionales de:
- Arquitectura y Urbanismo
- Arquitectura y Diseño de Interiores III. EN LA CIUDAD DE CAJAMARCA:
1. Facultad de Negocios, con las carreras profesionales de:
- Administración y Negocios Internacionales
- Administración y Marketing
- Contabilidad y Finanzas 2. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional de:
- Psicología 3. Facultad de Ingeniería, con las carreras profesionales de:
- Ingeniería Civil
- Ingeniería de Sistemas Computacionales
- Ingeniería de Minas
- Ingeniería Ambiental 4. Facultad de Arquitectura y Diseño, con la carrera profesional de:
- Arquitectura y Urbanismo Que la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite los informes de vistos, en los cuales expresa que la documentación remitida por la citada universidad cumple con las exigencias establecidas en los artículos 23° y 92°, inciso e), de la Ley Universitaria N° 23733; respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado citados en el considerando precedente; por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores en vía de regularización, emita el acto resolutivo correspondiente;
Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se declare que la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado en la sede la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca;
Estando a lo autorizado por la Alta Dirección;
De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE
Artículo 1°.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Privada del Norte, con sede en la ciudad de Trujillo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, inciso e), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pregrado en la sede de la ciudad de Trujillo y en sus filiales universitarias de las ciudades de Lima y Cajamarca; quedando en consecuencia aprobados para su implementación:
I. EN LA CIUDAD DE TRUJILLO:
1. Facultad de Negocios, con la carrera profesional de:
- Administración y Gestión Comercial 2. Facultad de Ingeniería, con la carrera profesional de:
- Ingeniería de Sistemas Computacionales 3. Facultad de Arquitectura y Diseño, con las carreras profesionales de:
- Arquitectura y Urbanismo
- Arquitectura y Gerencia de Proyectos II. EN LA CIUDAD DE LIMA:
1. Facultad de Negocios, con las carreras profesionales de:
- Administración y Negocios Internacionales
- Administración y Marketing
- Administración y Servicios Turísticos
- Administración y Gestión Comercial
- Contabilidad y Finanzas El Peruano Lunes 15 de abril de 2013
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2. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, con la carrera profesional de:
- Derecho y Ciencias Políticas 3. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional de:
- Psicología 4. Facultad de Ingeniería, con las carreras profesionales de:
- Ingeniería Civil
- Ingeniería de Sistemas Computacionales
- Ingeniería Mecatrónica 5. Facultad de Arquitectura y Diseño, con las carreras profesionales de:
- Arquitectura y Urbanismo
- Arquitectura y Diseño de Interiores III. EN LA CIUDAD DE CAJAMARCA:
1. Facultad de Negocios, con las carreras profesionales de:
- Administración y Negocios Internacionales
- Administración y Marketing
- Contabilidad y Finanzas 2. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional de:
- Psicología 3. Facultad de Ingeniería, con las carreras profesionales de:
- Ingeniería Civil
- Ingeniería de Sistemas Computacionales
- Ingeniería de Minas
- Ingeniería Ambiental 4. Facultad de Arquitectura y Diseño, con la carrera profesional de:
- Arquitectura y Urbanismo Artículo 2°.- Recomendar a la Universidad Privada del Norte, subsanar las denominaciones señaladas en el Informe N° 019-2012-DGDAC.
Artículo 3°.- Aprobar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo 1° de la presente resolución, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la institución, para los fines que disponga la Ley.
Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores
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