4/05/2013

Resolución N° 033-2013/SBN-DGPE-SDAPE SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RESOLUCIÓN N° 033-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de marzo de 2013 Visto el Expediente N° 060-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 682,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 56 de la carretera Lima Canta, localidad de Yangas, en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento Lima; y CONSIDERANDO: Que,
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
RESOLUCIÓN N° 033-2013/SBN-DGPE-SDAPE


San Isidro, 26 de marzo de 2013
Visto el Expediente N° 060-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 682,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 56 de la carretera Lima Canta, localidad de Yangas, en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento Lima; y CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
- SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 682,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 56 de la carretera Lima Canta, localidad de Yangas, en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento Lima, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 20 de junio de 2012, se verificó que el terreno es urbano, de forma irregular, de topografía plana, de suelo arcilloso y pedregoso y se encuentra ocupado por la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives en la cual viene funcionando sus Oficinas administrativas, así como la Oficinas de la Gobernación y de la Dirección Agraria Santa Rosa;

Que, la Oficina Registral de Lima remitió el Informe Técnico N° 1310-2013-SUNARP-Z.R.N°IX-OC, de fecha 29 de enero de 2013, en el cual señaló que el predio en consulta se ubica en ámbito del cual en la base gráfica parcial de Mosaico de predios no se ha identificado a la fecha, información gráfica de plano con antecedentes registrales;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 'Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales' establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 682,08 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del 'Reglamento de Organización y Funciones de la SBN' aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en los Informes Técnicos Legales Nros. 0104-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de julio de 2012 y 029-2013/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 26 de marzo de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 682,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 56 de la carretera Lima Canta, localidad de Yangas, en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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