4/19/2013

Resolución N° 299-2013-JNE Establecen conformación de los Jurados Electorales Especiales de Maynas

Establecen conformación de los Jurados Electorales Especiales de Maynas y Piura, para los procesos de Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 7 de julio de 2013 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN N° 299-2013-JNE Lima, quince de abril de dos mil trece VISTA la Resolución N° 282-2013-JNE, de fecha 8 de abril de 2013, por la cual se declaró la conformación definitiva de los veintiún Jurados Electorales Especiales
Establecen conformación de los Jurados Electorales Especiales de Maynas y Piura, para los procesos de Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 7 de julio de 2013

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
RESOLUCIÓN N° 299-2013-JNE


Lima, quince de abril de dos mil trece
VISTA la Resolución N° 282-2013-JNE, de fecha 8 de abril de 2013, por la cual se declaró la conformación definitiva de los veintiún Jurados Electorales Especiales para los procesos de Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 7 de julio de 2013.

CONSIDERANDOS
1. Mediante la Resolución N° 282-2013-JNE, de fecha 8 de abril de 2013, se estableció la conformación definitiva de los Jurados Electorales Especiales para los procesos de Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 7 de julio de 2013.
2. La designación del segundo miembro de los Jurados Electorales Especiales es producto del sorteo en audiencia pública de fecha 4 de abril de 2011, en el que se estableció el orden de prelación de los veinticinco ciudadanos de las respectivas sedes que fueron previamente seleccionados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para el cargo de miembro de los veintiún Jurados Electorales Especiales, así como de la depuración de los ciudadanos con impedimento o causa justificada.
3. En tal sentido, resulta necesario recomponer la conformación de los Jurados Electorales Especiales de Maynas y Piura, en el extremo referido a la designación del segundo miembro, recayendo esta en los ciudadanos FRANCISCO ENOCAISE RÍOS y ELAINE DENISE
VALDIVIEZO ESPINOZA, respectivamente.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DECLARAR que los Jurados Electorales Especiales de Maynas y Piura, estarán conformados, para los procesos de Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 7 de julio de 2013, tal como se detalla a continuación:

JEE SEDE PRESIDENTE
PRIMER
MIEMBRO
SEGUNDO
MIEMBRO
MAYNAS LORETO
ARISTÓTELES
ÁLVAREZ
LÓPEZ
CRISTIAN
EDILBERTO
GUZMÁN BELZÚ
FRANCISCO
ENOCAISE RÍOS
PIURA PIURA
TULIO
EDUARDO
VILLACORTA
CALDERÓN
HÉCTOR
DIONICIO LAMA
MARTÍNEZ
ELAINE DENISE
VALDIVIEZO
ESPINOZA
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Congreso de la República, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de la presidencia del Poder Judicial, del Fiscal de la Nación, de la Asamblea Nacional de Rectores y del Banco de la Nación, para los fines pertinentes.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
LEGUA AGUIRRE
Bravo Basaldúa Secretario General

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