4/19/2013

Resolución Sbs N° 2252-2013 Autorizan organización de la empresa 'Aseguradora Magallanes Perú SA Compañía

Autorizan organización de la empresa 'Aseguradora Magallanes Perú SA Compañía de Seguros' SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS N° 2252-2013 Lima, 5 de abril de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Aseguradora Magallanes SA, para la organización de una empresa de seguros que operaría en el Ramo de Riesgos Generales, a denominarse 'ASEGURADORA
Autorizan organización de la empresa 'Aseguradora Magallanes Perú SA Compañía de Seguros'

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
RESOLUCIÓN SBS N° 2252-2013


Lima, 5 de abril de 2013
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por Aseguradora Magallanes SA, para la organización de una empresa de seguros que operaría en el Ramo de Riesgos Generales, a denominarse
'ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ SA COMPAÑÍA
DE SEGUROS', y,
CONSIDERANDO:

Que, en Sesión Extraordinaria de Directorio de Aseguradora Magallanes SA de fecha 29 de marzo de 2012, se acordó por unanimidad constituir una compañía de seguros generales en el Perú, denominada 'ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ SA COMPAÑÍA DE SEGUROS', otorgándose los poderes a los señores Rafael Bernardo Luis Picasso Salinas y Víctor Humberto Lazo Vásquez a fin de lograr suscribir los documentos públicos y privados que se requieran a efectos de constituir y operar la empresa de seguros;

Que, se ha cumplido con acompañar a la solicitud de autorización de organización de 'ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ SA COMPAÑÍA DE SEGUROS'
cuyos accionistas son Aseguradora Magallanes SA (99.99%) y el señor Eduardo Fernando Domínguez Covarrubias (0.01%), el proyecto de minuta de constitución social respectiva encontrándose, conforme a Ley; y el estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión, que sustenta la creación de la entidad de seguros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, lo establecido en el Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS N° 10440-2008 de fecha 16 de octubre de 2008 y el procedimiento 01 del TUPA de esta Superintendencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros 'B', el Departamento Legal, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerado y Monitoreo de Procesos, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del T errorismo, el Departamento de Análisis del Sistema Asegurador y Previsional; el Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera, y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, Riesgos, Asesoría Jurídica y Estudios Económicos;

De conformidad con lo dispuesto pro el artículo 21° de la Ley N° 26702 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349° de la referida Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la organización de la empresa
'ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ SA COMP AÑÍA DE
SEGUROS' que operaría en el Ramo de Riesgos Generales, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador, que se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública y posterior inscripción en el Registro Público correspondiente, debiendo insertarse el Certificado de Autorización al que se refiere el Artículo T ercero de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- 'ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ SA COMPAÑÍA DE SEGUROS' en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones conducentes a obtener la licencia de funcionamiento como empresa de seguros.

Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Prensiones (a.i.)

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