4/05/2013

Resolución Suprema N° 091-2013-RE Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República

Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Mongolia para la Supresión de los Requerimientos de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 091-2013-RE Lima, 3 de abril de 2013 Visto el Memorándum (DAO) N° DAO0053/2013 de 18 de enero de 2013 de la Dirección General de Asia y Oceanía del Ministerio de Relaciones Exteriores y el cable L-PEKIN20130005 de la Embajada del Perú en la República
Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Mongolia para la Supresión de los Requerimientos de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 091-2013-RE


Lima, 3 de abril de 2013
Visto el Memorándum (DAO) N° DAO0053/2013 de 18 de enero de 2013 de la Dirección General de Asia y Oceanía del Ministerio de Relaciones Exteriores y el cable L-PEKIN20130005 de la Embajada del Perú en la República Popular China;

Debiéndose suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Mongolia para la Supresión de los Requerimientos de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales;

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley N° 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Embajador del Perú en la República Popular China, las facultades suficientes para que suscriba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Mongolia para la Supresión de los Requerimientos de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales.

Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Embajador del Perú en la República Popular China.

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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