4/24/2013

Resolución Suprema N° 098-2013-RE Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 098-2013-RE Lima, 23 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 363-2009/RE, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Armando Raúl Patiño Alvistur; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1581-2009/RE,
Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 098-2013-RE


Lima, 23 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 363-2009/RE, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Armando Raúl Patiño Alvistur;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1581-2009/RE, se fijó el 1 de diciembre de 2009, como la fecha en que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Armando Raúl Patiño Alvistur, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur;

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Armando Raúl Patiño Alvistur, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Singapur.

Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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