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Resolución Suprema N° 114-2013-PCM Autorizan viaje a la República Popular China del Ministro de Relaciones
4/03/2013
Resolución Suprema N° 114-2013-PCM Autorizan viaje a la República Popular China del Ministro de Relaciones
Autorizan viaje a la República Popular China del Ministro de Relaciones Exteriores y encargan su Despacho al Ministro de Cultura PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-PCM Lima, 2 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República Ollanta Humala Tasso realizará una Visita Oficial a la República Popular China, con la finalidad de fortalecer y renovar la presencia política y económica del Perú en ese país, en el marco de la Asociación Estratégica
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2013-PCM
Lima, 2 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el señor Presidente de la República Ollanta Humala Tasso realizará una Visita Oficial a la República Popular China, con la finalidad de fortalecer y renovar la presencia política y económica del Perú en ese país, en el marco de la Asociación Estratégica establecida entre ambos países en el año 2008;
Que, se ha previsto sostener reuniones con las principales autoridades de la República Popular China;
así como participar en el Foro Económico de Boao, que se desarrollará en la provincia insular de Hainán, y en actividades de promoción de la inversión, que tendrán lugar en las ciudades de Beijing y Shanghái;
Que, es necesario que Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, participe en la referida Visita Oficial, acompañando al señor Presidente de la República;
Que, por razones de itinerario, el viaje del señor Canciller a la República Popular China se realizará del 03 al 10 de abril de 2013;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N° 303, del Despacho Ministerial, de 26 de marzo de 2013; y el Memorándum (OPR) N° OPR0154/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 27 de marzo de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con el artículo 127° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, a la República Popular China, del 03 al 10 de abril de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$
Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
Fortunato Rafael Ronca-gliolo Orbegoso 4,134.00 260.00 4+2 1,560.00
Artículo 3°.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura, a partir del 3 de abril de 2013 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores
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