4/04/2013

Resolución Suprema N° 123-2013-DE/FAP Autorizan viaje a Argentina de personal militar FAP, en misión de estudios<!--id=s122y1232013DEFAP-->

Autorizan viaje a Argentina de personal militar FAP, en misión de estudios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 123-2013-DE/FAP Lima, 3 de abril de 2013 Visto el Acta de Acuerdos de la 'XI Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Argentina' de fecha 06 de julio de 2012 y el Fax N° 031/13 de fecha 19 de marzo de 2013 del Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en la República del Perú. CONSIDERANDO: Que,
Autorizan viaje a Argentina de personal militar FAP, en misión de estudios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 123-2013-DE/FAP


Lima, 3 de abril de 2013
Visto el Acta de Acuerdos de la 'XI Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Argentina' de fecha 06 de julio de 2012 y el Fax N° 031/13 de fecha 19 de marzo de 2013 del Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en la República del Perú.

CONSIDERANDO:

Que, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Argentina (FAA), esto nos permite aprovechar el intercambio de Oficiales para observar y aprender los adelantos que la Fuerza Aérea Argentina ha alcanzado en las ciencias aeronáuticas en los campos académico, doctrinario y tecnológico;

Que, la República Argentina y la República del Perú, en el marco de las relaciones bilaterales establecen actividades de cooperación entre ambos países, en tal sentido en la Actividad N° 10 del Anexo Bravo del 'Acta de Acuerdos de la XI Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Argentina', la Fuerza Aérea Argentina ofreció una beca anual para que dos Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú participen en el 'Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Aeronáutica', a llevarse a cabo en el Instituto Universitario Aeronáutico, en la ciudad de Córdoba – República Argentina, del 10 de abril de 2013 al 31 de diciembre de 2017;

Que, la Fuerza Aérea de Perú en virtud al mérito alcanzado en su especialidad, ha designado al Alférez FAP JUAN CARLOS MARCILLA BARBARAN y al Alférez FAP ROGER ENRIQUE AGUIRRE CARDENAS, para que participen en el curso indicado en el párrafo anterior;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la ciudad de Córdoba – República Argentina, del Alférez FAP JUAN CARLOS MARCILLA BARBARAN y del Alférez FAP ROGER ENRIQUE AGUIRRE CARDENAS, para que participen en el 'Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Aeronáutica', del 10 de abril de 2013 al 31 de diciembre de 2017, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 10 de abril al 31 de diciembre de 2013, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda;

Que, la citada Misión de Estudios ha sido incluida en el ítem 126 del rubro 1.- Formación / Calificación /Especialización, del Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema N° 091-2013/DE del 15 de marzo de 2013;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora N° 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
– Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619
- Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la ciudad de Córdoba – República Argentina, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en el 'Curso para Oficiales en la Especialidad de Ingeniería Aeronáutica', del 10 de abril de 2013 al 31 de diciembre de 2017:

Alférez FAP JUAN CARLOS MARCILLA BARBARAN NSA: O-9755206 DNI: 44632483
Alférez FAP ROGER ENRIQUE AGUIRRE CARDENAS NSA: O-9757406 DNI: 43690726
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes: Lima – Córdoba (República Argentina)
US $ 710.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 1,420.00
Gastos de traslado – Ida (Equipaje, bagaje e instalación)
US $ 2,400.00 x 01 x 02 personas = US $ 4,800.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,400.00 x 08 meses x 02 personas = US $ 38,400.00
US $ 2,400.00 / 30 x 21 días x 02 personas = US $ 3,360.00
--------------------------
Total a pagar = US $ 47,980.00
Artículo 3°.- El pago correspondiente a los años posteriores, se efectuará con cargo al presupuesto del Año Fiscal que corresponda.

Artículo 4°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 6°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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