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Resolución Suprema N° 131-2013-PCM Autorizan viaje de representante de Sierra Exportadora a Bélgica, en comisión
4/19/2013
Resolución Suprema N° 131-2013-PCM Autorizan viaje de representante de Sierra Exportadora a Bélgica, en comisión
Autorizan viaje de representante de Sierra Exportadora a Bélgica, en comisión de servicios PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2013-PCM Lima, 18 de abril de 2013 VISTOS; El Oficio N° 76-2013-PROMPERU/DPE de fecha 04 de abril de 2013, remitido por la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERU – MINCETUR, mediante la cual se invita al Presidente Ejecutivo del Organismo Público Sierra Exportadora, a participar en la Feria European Seafood Exposition; y, CONSIDERANDO: Que,
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2013-PCM
Lima, 18 de abril de 2013
VISTOS;
El Oficio N° 76-2013-PROMPERU/DPE de fecha 04 de abril de 2013, remitido por la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERU – MINCETUR, mediante la cual se invita al Presidente Ejecutivo del Organismo Público Sierra Exportadora, a participar en la Feria European Seafood Exposition; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 28890 se creó el Organismo Público Sierra Exportadora y se declaró de interés nacional la promoción, fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales en la sierra, con énfasis en la agricultura, ganadería, acuicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo que permitan el acceso a los mercados de exportación;
Que, se llevará a cabo la FERIA EUROPEAN SEAFOOD EXPOSITION 2013 en la ciudad de Bruselas – Reino de Bélgica, la misma que contará con la participación de empresas internacionales y donde se contará con la difusión de las últimas novedades en servicios de almacenamiento, transporte y otras tecnologías aplicadas al sector acuícola;
Que, Sierra Exportadora tiene como misión promover, fomentar y desarrollar actividades económicas en la sierra, como es la cadena productiva de la trucha, que permite a los productores articular competitivamente en mercados nacionales e internacionales;
Que, la participación de SIERRA EXPORTADORA en el evento es de suma relevancia, debido a que se tiene como objetivo el desarrollo de la cadena productiva de la trucha y la mejora en las competencias y experiencias, a efectos que ello contribuya a la innovación productiva con una alta prospectiva en el ámbito comercial y social de la sierra del Perú;
Que, estando a lo antes mencionado, resulta de interés institucional la participación del Presidente Ejecutivo del Organismo Público Sierra Exportadora;
Que, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, estableciéndose que en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia de Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, de conformidad con la Ley N° 28890, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Ley 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ingeniero Alfonso Felipe Velásquez Tuesta, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 22 al 26 de abril del año 2013, para que en representación de Sierra Exportadora, lleve a cabo diversas acciones de promoción de productos durante el evento antes mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 018 - Sierra Exportadora, de acuerdo al siguiente detalle:
• Pasajes aéreos = S/. 7,519.00
• Viáticos = S/. 2,496.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros
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