4/13/2013

Resolución Suprema N° 137-2013-DE/MGP Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña

Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, en comisión de servicios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 137-2013-DE/MGP Lima, 12 de abril de 2013 Visto, el Oficio P.200-0436 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 27 de febrero de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) desde 1968, habiendo adoptado
Autorizan viajes a la República Francesa y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, en comisión de servicios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 137-2013-DE/MGP


Lima, 12 de abril de 2013
Visto, el Oficio P.200-0436 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 27 de febrero de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, el Perú es miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) desde 1968, habiendo adoptado todas las disposiciones internacionales emitidas por la referida Organización, cuya implementación por parte del Estado peruano será auditada en el mes de noviembre de 2013, por lo cual la participación de la Autoridad Marítima Nacional en las reuniones especializadas de los diferentes Comités,
Sub-Comités y Consejos respectivamente, resulta de gran importancia para los intereses nacionales;

Que, la Organización Marítima Internacional (OMI), ha publicado en su página web el calendario de reuniones, en el cual hace de conocimiento de los Estados miembros la realización del 100° Período de Sesiones del Comité
Jurídico (LEG) de la Organización Marítima Internacional (OMI), el cual se desarrollará del 15 al 19 de abril de 2013, en la sede del citado Organismo Internacional;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7:

Representación Nacional en Organismos Internacionales,
Ítem 20, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013;

Que, en consecuencia, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ha venido efectuando las coordinaciones necesarias para poder asistir al 100°
Período de Sesiones del Comité Jurídico (LEG) de la Organización Marítima Internacional (OMI), la misma que contará con la participación de representantes de los países miembros; así como, Directores y Funcionarios de los Comités y Sub-Comités establecidos en dicha Organización, ello permitirá conocer las decisiones tomadas por los Estados miembros sobre los Convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI), de los cuales el Estado peruano forma parte, permitiendo conocer las metodologías adoptadas por la referida Organización internacional, en lo relativo a la Seguridad de la Vida Humana y Protección del Medio Acuático;

Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior para que participe en la mencionada Reunión;

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, para que participe en el 100° Período de Sesiones del Comité Jurídico (LEG) de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres,
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 19 de abril de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, debido al itinerario del viaje, y con el fin de facilitar el traslado del citado Oficial Superior a la ciudad de Londres, resulta necesario autorizar su salida del país el 14 y su retorno el 20 de abril de 2013, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004:

Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Gustavo Enrique LIVIA Rosas, CIP. 01801818 y DNI. 43384041, para que participe en el 100° Período de Sesiones del Comité
Jurídico (LEG) de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 19 de abril de 2013; así como, autorizar su salida del país el 14 y su retorno el 20 de abril de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Londres (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) - Lima US$. 2,500.00 US$. 2,500.00
Viáticos:

US$. 260.00 x 5 días US$. 1,300.00
----------------------
TOTAL A PAGAR: US$. 3,800.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4°.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos.

Artículo 5°.- El referido Oficial Superior, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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