4/19/2013

Resolución Suprema N° 152-2013-DE/ Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Venezuela, en comisión

Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Venezuela, en comisión de servicios DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 152-2013-DE/ Lima, 18 de abril de 2013 VISTOS: La Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-N° 1501 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, del 18 de abril de 2013 y el Oficio N° 244-2013/DP-CM/EDEC del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, de fecha 18 de abril de 2013. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión
Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Venezuela, en comisión de servicios

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 152-2013-DE/


Lima, 18 de abril de 2013
VISTOS:

La Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-N° 1501 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, del 18 de abril de 2013 y el Oficio N° 244-2013/DP-CM/EDEC del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, de fecha 18 de abril de 2013.

CONSIDERANDO:

Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-528 FAP-356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva Oficial a la ciudad de Maiquetía,
Estado Vargas, República Bolivariana de Venezuela, del 19 al 20 de abril de 2013;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora N° 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619,
Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009
DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-528 FAP N° 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva Oficial a la ciudad de Maiquetía, Estado Vargas,
República Bolivariana de Venezuela, del 19 al 20 de abril de 2013:

Tripulación Principal Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA SANDOVAL Piloto NSA: O-9355676 DNI: 43338465
Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto NSA: O-9544187 DNI: 43412943
Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto NSA: O-9589691 DNI: 43623935
Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO Piloto NSA: O-9601791 DNI: 09393112
Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico NSA: S-60397183 DNI: 09712366
Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005
Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283
Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238
Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-78002209 DNI: 40091107
Empleada Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG Hostess NSA: C-78121912 DNI: 70619365
Tripulación Alterna Comandante FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA Piloto NSA: O-9579890 DNI: 43412386
Técnico Inspector FAP WILFREDO MARIANO PEREZ RONDAN Mecánico NSA: S-60529087 DNI: 09714481
Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto NSA: C-P0128910 DNI: 05372957
Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess NSA: C-7798480 DNI: 08729081
Artículo 2°.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal.

Artículo 3°.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente:

Viáticos:

US$ 200.00 x 02 días x 10 personas = US$ 4,000.00
------------------
TOTAL =US$4,000.00
Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 5°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

Artículo 6°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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