4/08/2013

Resolución Viceministerial N° 142-2013-MTC/03 N° 086-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación

N° 086-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM en diversas localidades del departamento de Ayacucho TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 142-2013-MTC/03 Lima, 22 de marzo del 2013 Modifican artículo 1° de la R.VM. CONSIDERANDO: Que, el artículo 11° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, concordado con el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC,
N° 086-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM en diversas localidades del departamento de Ayacucho

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 142-2013-MTC/03


Lima, 22 de marzo del 2013
Modifican artículo 1° de la R.VM.
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11° de la Ley de Radio y Televisión,
Ley N° 28278, concordado con el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7° del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles;
asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, con Resolución Viceministerial N° 086-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Ayacucho;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe N° 0271-2013-MTC/28, propone la incorporación de los Planes de las localidades de Incuyo-Pararca-Quilcata, Seccelambras y Totos-Vilcanchos a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ayacucho;

Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03, sus modificatorias así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Viceministerial N° 086-2004-MTC/03 y sus modificatorias, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Ayacucho, a fin de incorporar a las localidades de Incuyo-Pararca-Quilcata, Seccelambras y Totos-Vilcanchos; conforme se indica a continuación:

Localidad: INCUYO-PARARCA-QUILCATA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
215 90.9
227 93.3
235 94.9
243 96.5
247 97.3
254 98.7
278 103.5
282 104.3
Total de canales: 8
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.25 KW.

Localidad: SECCELAMBRAS Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
255 98.9
263 100.5
271 102.1
279 103.7
Total de canales: 4
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias.

Localidad: TOTOS-VILCANCHOS Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz)
213 90.5
229 93.7
245 96.9
261 100.1
277 103.3
293 106.5
Total de canales: 6
La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW.

Artículo 2°.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados.

En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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