5/17/2013

895-2013/GRP-CR Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento entre

Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento entre el Gobierno Regional de Piura y la Municipalidad Distrital de Pacaipampa para la ejecución de proyecto ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA N° 895-2013/GRP-CR Piura, 10 de mayo de 2013 VISTO: - Memorando N° 527-2013/GRP-410000 del 27 de febrero de 2013 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; - Informe N° 780-2013/GRP-460000 del 23 de abril de 2013 de
Aprueban Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento entre el Gobierno Regional de Piura y la Municipalidad Distrital de Pacaipampa para la ejecución de proyecto ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
N° 895-2013/GRP-CR


Piura, 10 de mayo de 2013
VISTO:
- Memorando N° 527-2013/GRP-410000 del 27 de febrero de 2013 de la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
- Informe N° 780-2013/GRP-460000 del 23 de abril de 2013 de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica;
- Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Pacaipampa;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley;

Que, el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) 'Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional'; asimismo, el inciso K) del artículo 21°
establece que el Presidente Regional tiene la atribución de celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional;

Que, el artículo 12° de la Ley N° 29951 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el fiscal 2013, en el numeral 12.1, inciso c) autoriza, entre los niveles de gobierno subnacional en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional transferencias financieras entre entidades, para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de los Gobiernos Regionales, se realizan mediante acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal acuerdo, debe ser publicado en el diario oficial El Peruano;

Que, con Carta N° 046-2013/MDP-A del 10 de marzo de 2013, la Municipalidad Distrital de Pacaipampa solicita la firma de Convenio de Transferencia de Partida por la suma de S/. 1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) como cofinanciamiento para ejecución del PIP 'Ampliación,
Remodelación y Equipamiento del E.S I-4 Pacaipampa,
Micro Red Chalaco Red Salud Morropón – Pacaipampa,
Región Piura';

Que, mediante Memorando N° 527-2013/GRP-410000 del 27 de febrero de 2013, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre disponibilidad presupuestal para atender la transferencia de partida para el PIP antes mencionado por el monto de S/. 1´833,583 nuevos soles; y, con Informe N° 780-2013/GRP-460000 del 23 de abril de 2013, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica señala que el Convenio cumple con establecer las pautas y mecanismos que permitan la transferencia financiera y posterior ejecución del PIP:

Que, con fecha 22 de abril de 2013, el Presidente del Gobierno Regional Piura y la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, suscriben el Convenio de Transferencia de Partida para cofinanciamiento para ejecución del Proyecto de Inversión Pública 'Ampliación,
Remodelación y Equipamiento de l E.S I – 4 Pacaipampa,
Micro Red Chalaco, Red de Salud Morropón – Pacaipampa,
Región Piura';

Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 11 - 2013, celebrada el día 10 de mayo del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961,
Ley N° 28968 y Ley N° 29053;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Aprobar el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PARTIDA PARA COFINANCIAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL PIURA Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACAIPAMPA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA DENOMINADO 'AMPLIACIÓN,
REMODELACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL E.S I-4
PACAIPAMPA, MICRORED CHALACO, RED DE SALUD
MORROPÓN – PACAIPAMPA, REGIÓN PIURA', que consta de once cláusulas, y tiene por objetivo establecer las pautas, mecanismos y bases, de carácter legal, técnico, coordinación, financiamiento y operatividad mediante el cual el Gobierno Regional transfiere a la Municipalidad los recursos financieros ascendentes a la suma S/.
1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecución del proyecto mencionado, con código SNIP 80398.

Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego Gobierno Regional Piura – Sede Central a favor de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa por el monto de S/. 1´833,583.00 nuevos soles (Un Millón ochocientos treinta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) para ser utilizados en forma exclusiva para los fines que señala el Convenio mencionado en el artículo primero, de acuerdo a los lineamientos señalados en el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013.

Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, realicen el seguimiento correspondiente a los recursos transferidos y presenten informes periódicos al Consejo Regional sobre el avance físico y financiero del proyecto materia del Convenio; y a la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, designar veedores ciudadanos que velen por el buen uso de los recursos transferidos.

Articulo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.

Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

TOMÁS FIESTAS ECHE
Consejero Delegado Consejo Regional

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