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Decreto de Alcaldía 002-2013-MDR Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza 328-2013-MDR, que establece
5/14/2013
Decreto de Alcaldía 002-2013-MDR Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza 328-2013-MDR, que establece
Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 328-2013-MDR, que establece otorgamiento de Beneficios de Regularización de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el distrito del Rímac MUNICIPALIDAD DEL RIMAC DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2013-MDR Rímac, 30 de abril del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO, el Informe N° 023 -2013-GR-MDR de fecha 29 de abril del 2013, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe N° 240-2013-GAJ-MDR de fecha 30 de abril de 2013 de
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2013-MDR
Rímac, 30 de abril del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
VISTO, el Informe N° 023 -2013-GR-MDR de fecha 29 de abril del 2013, emitido por la Gerencia de Rentas,
Informe N° 240-2013-GAJ-MDR de fecha 30 de abril de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley OrgÆnica de Municipalidades;
Que, mediante Ordenanza N° 328-2013-MDR, se aprobó el otorgamiento de Beneficios de Regularización de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el Distrito del Rímac, beneficios que estÆn vigentes hasta el 30 de abril del aæo 2013;
Que, la Primera Disposición Complementaria y Final de la precitada Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía ampliar el plazo, efectos y alcances de los beneficios que se establecen en la mencionada norma, dictando medidas reglamentarias y complementarias necesarias;
Que, en ese sentido la Gerencia de Rentas ha advertido la existencia de un considerable número de contribuyentes y administrados que han optado por acogerse a los beneficios contemplados en la referida Ordenanza, a fin de regularizar el estado de sus obligaciones tributarias y no tributarios, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores, es necesario disponer una prórroga del tØrmino de la vigencia de los beneficios establecidos;
Que, asimismo es conveniente ampliar el alcance y beneficios en lo que se refiere a las Obligaciones No T ributarias, seæaladas en los artículos tercero, sexto y sØtimo de la citada Ordenanza; por lo que su aplicación comprende tambiØn a las deudas generadas hasta el 30 de abril de 2013;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42° y el numeral 6° del artículo 20° de la Ley N° 27972,
Ley OrgÆnica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLÍESE hasta el 31 de mayo del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 328-2013-MDR, que establece otorgamiento de Beneficios de Regularización de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en el Distrito del Rímac.
Artículo Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el alcance y beneficios contemplado en los Artículos Tercero,
Sexto y SØtimo de la mencionada Ordenanza, respecto de las Obligaciones No tributarias (multas administrativas), comprende tambiØn a las Deuda generadas hasta el 30 de abril del 2013.
Artículo Tercero.- ENC`RGUESE a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de InformÆtica el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere su competencia y a la Oficina de Imagen y Comunicación Social, su difusión.
Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrarÆ en vigencia a partir del día siguiente de publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese publíquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMAS DIAZ
Alcalde
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