5/23/2013

Decreto de Alcaldía 004-2013-MDB/ALC Rectifican error material del 006-2012-MDB/ALC

Rectifican error material del Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MDB/ALC MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2013-MDB/ALC Bellavista, 8 de mayo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de junio de 2010 se emite la Ordenanza Municipal N° 011-2010-CDB a través de la cual se regula el servicio de Transporte Público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados y aprueba el cuadro de
Rectifican error material del Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MDB/ALC

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2013-MDB/ALC


Bellavista, 8 de mayo de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA
CONSIDERANDO:

Que, con fecha 30 de junio de 2010 se emite la Ordenanza Municipal N° 011-2010-CDB a través de la cual se regula el servicio de Transporte Público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados y aprueba el cuadro de Infracciones y sanciones; delegando a través del artículo segundo de las Disposiciones Complementarias y Finales de dicha norma, funciones a la Dirección de Desarrollo Urbano respecto al cumplimiento de lo dispuesto en dicha ordenanza municipal;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MDB/ALC de fecha 08 de mayo del 2012 se observa que por error en el Artículo Primero se dispone designar que la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Motorizados o No Motorizados de la Municipalidad de Bellavista (…); debiéndose haber consignado 'Se dispone designar que la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad de Bellavista' (…); lo cual es materia de rectificación por contener error material;

Que, el artículo 201 de la Ley 27444 - Ley General de Procedimientos Administrativos prescribe en el inciso 1: 'los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión', así mismo el Inc. 2 del dispositivo en mención señala:
'la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original';

Que, por otro lado, dado que la Gerencia de Desarrollo Urbano es el ente especializado en la supervisión de las actividades relacionadas al servicio de transporte, además de garantizar la atención de las autorizaciones de movilidad urbana en el ámbito de competencia y jurisdicción, de acuerdo a la normatividad vigente; entre otras funciones, y toda vez que mediante Acuerdo de Concejo N° 003-2013-CDB de fecha 15 de enero del presente año, se Aprobó el Cuadro de Comisiones de Regidores para el año 2013, entre las cuales se encuentra la Comisión de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano y Proyectos de Inversión Pública;

Que, el artículo primero de las Disposiciones Complementarias de la Ordenanza Municipal N° 011-2010-CDB faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte normas complementarias a la presente ordenanza;

Que, el artículo 42° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo municipal;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material incurrido en el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 006-2012-MDB/ALC de fecha 08 de mayo del 2012, que resuelve disponer los integrantes de la 'Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos motorizados o no motorizados de la Municipalidad de Bellavista';

Dice:

Disponer que la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos motorizados o no motorizados de la Municipalidad de Bellavista, esté integrada por: (…)
Debiendo Decir:

Disponer que la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad de Bellavista; esté integrada por: (...);

Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad de Bellavista, será asumida por el Regidor que Presida la Comisión de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano y Proyectos de Inversión Pública.

Artículo Tercero.- Designar, en atención al artículo precedente, a la señora Regidora AIDA AVELINA SALCEDO DE GARNIQUE como Presidente de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad de Bellavista, durante el Año Fiscal 2013, dada su designación como Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano y Proyectos de Inversión Pública.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional de la Municipalidad de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y en el portal institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Artículo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo ordenado en el artículo precedente.

Artículo Sexto.- Notificar lo resuelto a la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Catastro.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

IVAN RIVADENEYRA MEDINA
Alcalde

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